nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 3- BOLETIN FEDDF JULIO 2015 | Page 44

En cuanto a la contratación temporal, encontramos dos especialmente adecuadas: por tiempo indefinido concertados directamente por entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de planes y programas públicos determinados, sin dotación económica estable y financiados por las Administraciones Públicas mediante consignaciones presupuestarias o extrapresupuestarias anuales consecuencia de ingresos externos de carácter finalista, por la insuficiencia de la correspondiente consignación para el mantenimiento del contrato de trabajo de que se trate, el camino por la pérdida de subvenciones es el despido colectivo o ERE o los despidos por causas objetivas, regulados en los artículos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores. El contrato por obra o servicio determinado para la ejecución de planes y programas públicos determinados con el fin de desempeñar un servicio con autonomía y sustantividad propia con carácter temporal en atención a una subvención específica que otorga para ello una Administración Pública: por ejemplo, una Oficina de Información turística para personas con discapacidad sensorial, o un Programa de Deporte Adaptado en Playas Es muy importante resaltar que constituye un requisito muy importante de los despidos por causas objetivas en los Centros Especiales de Empleo - CEE, el informe del equipo multiprofesional, pues la ausencia de este requisito determina la declaración de improcedencia. El contrato de trabajo a tiempo parcial con pacto de horas complementarias que permita flexibilidad para adaptarse a las disponibilidades presupuestarias y distintas acciones, de manera que tengamos cubierto las necesidades permanentes y podamos incrementar las horas de trabajo para atender determinados programas o planes de actuación Estos son --en esencia-- los aspectos laborales más relevantes a contemplar en las entidades sin ánimo de lucro. En cuanto a las condiciones laborales parece igualmente conveniente o recomendable: Que cualquier complemento salarial se encuentre vinculado a su concreto programa públicos de empleo y se identifique para poder justificar adecuadamente los costes de la ejecución y el destino de las ayudas o subvenciones recibidas Que se formalicen siempre por escrito los cambios de puesto de trabajo o de programa público de empleo de adscripción En cuanto a la extinción o despido de los contratos 43