nº 1 -Boletín Oficial FEDDF 3- BOLETIN FEDDF JULIO 2015 | Page 44
En cuanto a la contratación temporal, encontramos
dos especialmente adecuadas:
por tiempo indefinido concertados
directamente por entidades sin ánimo de lucro
para la ejecución de planes y programas
públicos determinados, sin dotación económica
estable y financiados por las Administraciones
Públicas mediante consignaciones presupuestarias o
extrapresupuestarias anuales consecuencia de
ingresos externos de carácter finalista, por la
insuficiencia de la correspondiente consignación para
el mantenimiento del contrato de trabajo de que se
trate, el camino por la pérdida de subvenciones es el
despido colectivo o ERE o los despidos por causas
objetivas, regulados en los artículos 51 y 52 del
Estatuto de los Trabajadores.
El contrato por obra o servicio determinado
para la ejecución de planes y
programas públicos determinados con
el fin de desempeñar un servicio con
autonomía y sustantividad propia con
carácter temporal en atención a una
subvención específica que otorga para ello
una Administración Pública: por ejemplo,
una Oficina de Información turística para
personas con discapacidad sensorial, o un
Programa de Deporte Adaptado en Playas
Es muy importante resaltar que constituye un
requisito muy importante de los despidos por causas
objetivas en los Centros Especiales de Empleo - CEE,
el informe del equipo multiprofesional, pues la
ausencia de este requisito determina la declaración
de improcedencia.
El contrato de trabajo a tiempo parcial con
pacto de horas complementarias que
permita flexibilidad para adaptarse a las
disponibilidades presupuestarias y distintas
acciones, de manera que tengamos cubierto
las necesidades permanentes y podamos
incrementar las horas de trabajo para
atender determinados programas o planes
de actuación
Estos son --en esencia-- los aspectos laborales más
relevantes a contemplar en las entidades sin ánimo
de lucro.
En cuanto a las condiciones laborales parece
igualmente conveniente o recomendable:
Que cualquier complemento salarial se encuentre
vinculado a su concreto programa públicos de
empleo y se identifique para poder justificar
adecuadamente los costes de la ejecución y
el destino de las ayudas o subvenciones
recibidas
Que se formalicen siempre por escrito los
cambios de puesto de trabajo o de programa
público de empleo de adscripción
En cuanto a la extinción o despido de los contratos
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