MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO | Page 4

CONTRATO POR DURACIÓN DE LA OBRA O LABOR CONTRATADA Utilizado para labores ajenas al objeto social de la empresa, cuya duración no exceda de 30 días. Debe ser por escrito. Los trabajadores tienen derecho al pago de prestaciones sociales proporcional al tiempo laborado. Útil para vincular personal encargado de efectuar una labor cuya duración puede resultar incierta, por ejemplo campañas de promoción, cambio de sistemas operativos, actualizaciones de bases de datos, construcción. Es aconsejable que se haga por escrito. Se puede pactar período de prueba, el cual no puede exceder de dos meses. No es necesario avisar con 30 días de anticipación su terminación. CONTRATO OCASIONAL O TRANSITORIO (ART. 45) CONTRATO DE TRABAJO REVISIÓN Y SUSPENSIÓN La REVISIÓN del contrata de trabajo, se pueden hacer en cualquier momento, por cualquiera de las partes, cuando se presenten graves alteraciones de la normalidad económica. La SUSPENSIÓN del contrato de trabajo es el lapso durante el cual se interrumpe las obligaciones adquiridas, por parte del trabajador, de prestar sus servicios y por parte del empleador de pagar los salarios y prestaciones correspondientes a este periodo, la suspensión se puede dar por: