MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO | Page 4
CONTRATO POR DURACIÓN DE
LA OBRA O LABOR
CONTRATADA
Utilizado para labores ajenas al objeto
social de la empresa, cuya duración no
exceda de 30 días. Debe ser por
escrito. Los trabajadores tienen
derecho al pago de prestaciones
sociales proporcional al tiempo
laborado.
Útil para vincular personal
encargado de efectuar una
labor cuya duración puede
resultar incierta, por ejemplo
campañas
de
promoción,
cambio de sistemas operativos,
actualizaciones de bases de
datos, construcción.
Es aconsejable que se haga por
escrito.
Se puede pactar período de
prueba, el cual no puede
exceder de dos meses.
No es necesario avisar con 30
días
de
anticipación
su
terminación.
CONTRATO OCASIONAL O
TRANSITORIO (ART. 45)
CONTRATO DE TRABAJO
REVISIÓN Y SUSPENSIÓN
La REVISIÓN del contrata de trabajo,
se pueden hacer en cualquier
momento, por cualquiera de las
partes, cuando se presenten graves
alteraciones
de
la
normalidad
económica.
La SUSPENSIÓN del contrato de
trabajo es el lapso durante el cual se
interrumpe
las
obligaciones
adquiridas, por parte del trabajador,
de prestar sus servicios y por parte del
empleador de pagar los salarios y
prestaciones correspondientes a este
periodo, la suspensión se puede dar
por: