Mi primera publicacion VOLUMEN 20-MIGRACION-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO-20 | Page 995
Política migratoria en México
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cumplir la obligación de garantía para los derechos humanos de este grupo
vulnerable, tanto de aquel que parte como del que llega a sus fronteras.
La citada reforma es la muestra entonces, por excelencia, del cambio
discursivo alegado con anterioridad. El giro consiste sencillamente en si-
tuar la cuestión migratoria como tema prioritario de la agenda doméstica
de México, por su imbricación con el tema de los derechos humanos y ya
no como uno sobrellevado de acuerdo a la “política de no hacer política”.
Por otro lado, esto no quiere decir que el cambio reporte per se los efectos
que se esperarían a causa suya, pues si bien en 2011 se reconfigura la polí-
tica migratoria en México mediante la observación a profundidad del fenó-
meno migratorio en su frontera sur, si bien se mediatizaron los fenómenos
migratorios mexicanos como nunca antes había pasado y se observó en la
escena política nacional una mayor mención del tema en discursos, foros
e incluso mediante iniciativas a nivel federal y estatal al respecto. Lo cier-
to es que aún no se ha construido una política migratoria eficaz y realizable
para México.
A partir de lo anterior es que el 24 de mayo de 2011 se promulga una
nueva Ley de Migración mexicana. Incluso, si se es puntilloso, el cambio
discursivo aquí sostenido se observa desde la denominación que se le da al
ordenamiento, pues los tres previos al actual (1936, 1947 y 1974) —con
un espíritu eminentemente demográfico (con todo lo que ello conlleva)—
tuvieron como término esencial el de “población”. En tanto que la nueva
“Ley de Migración” se enfoca en este tema, dejando para la de 1974 los
asuntos tratados en sede demográfica. Esto debió haber sucedido por
lo menos hace 20 años. Sin embargo, el hecho consumado es observable, el
cambio llegó, pero aún no se tiene certeza sobre los frutos que rendirá.
Según afirma la exposición de motivos de la Ley de Migración, ésta
tiene diversos objetivos: simplificar y ordenar procedimientos, contribuir
al desarrollo económico, social y cultural de México y, el más destacable
por el tema que tratamos, proporcionar integralidad y coherencia a la po-
lítica y gestión migratoria nacional. Es así que prima facie, podría decirse
que el cambio discursivo alegado a lo largo de este capítulo responde al
ánimo de obtener armonía con la realidad que se vive, y seguidamente que
la ley es el rosetón simbólico de esta búsqueda que concluye en la confor-
mación de una base jurídica promotora de justicia, que dé solidez y con-
texto a la acción política. ¿La ley satisface lo anterior?
L o que viene ahora . S iete años después
A la vera del tiempo, tras siete años de vida normativa, se considera propi-
cio ofrecer una reflexión que trascienda el lenguaje de la ley y aporte una