Mi primera publicacion VOLUMEN 20-MIGRACION-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO-20 | Page 827

Derechos humanos de los migrantes 827 de mayo de 2014, manifestó que las comunidades pueden beneficiarse mucho de la migración cuando ésta se gestiona de forma adecuada y subra- yó la necesidad de proteger en todo momento los derechos de quienes buscan en otros países nuevas oportunidades. Dijo: [...] es importante que todas las políticas de migración se basen firmemente en derechos fundamentales. Esto significa proteger a los migrantes contra la discriminación, garantizar los derechos de los trabajadores domésticos inmi- grantes y defender a hombres, mujeres y niños contra abusos (Ban Ki-moon, 2014). El mensaje contiene cierta preocupación sobre la problemática de la migración, que para el caso de México es necesario decir que la política pública carece de dimensiones amplias en perspectiva de los derechos hu- manos, como por ejemplo la trata de personas con fines de explotación sexual y laboral en contra de las niñas, niños y adolescentes. A usencia de política pública para niños migrantes En un informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2010), Rut Feuk, Nadine Perrault y Enrique Delamónica señalan que existe un trabajo de la convención sobre los derechos del niño que pro­ tege a todos los menores sin discriminación alguna. Se aplica a todos los niños, niñas y adolescentes en un Estado, independientemente de su na- cionalidad o situación migratoria y por eso no se refiere en específico a los niños que migran. Los Estados tienen la obligación de adoptar los princi- pios consagrados en la asamblea y de aplicarlos a todos los menores que estén dentro de su jurisdicción, incluyendo a los visitantes, refugiados y migrantes, de manera que garanticen todos los derechos de la infancia. En este sentido, el acuerdo refleja el espíritu de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y reafirma la existencia de un conjunto de derechos hu- manos y libertades básicas que trascienden las fronteras y que todos pueden ejercer, más allá de su situación migratoria o nacionalidad, sólo por su condición de seres humanos. Uno de los principales desafíos para la región, respecto a la situación de los niños en tránsito dejados atrás debido a la emigración o nacidos de padres migrantes en el país de destino, es primero reconocer este núcleo de derechos que asegure un respeto continuo de sus necesidades básicas a lo largo del proceso migratorio. Esto ayudará a aprovechar los efectos po- sitivos de la migración, al mismo tiempo que se abordan sus riesgos y re- percusiones negativas. En varias leyes internacionales sobre derechos humanos se reconocen los derechos sociales, económicos y culturales a