Mi primera publicacion VOLUMEN 20-MIGRACION-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO-20 | Page 805
Derechos humanos de los migrantes en las leyes mexicanas
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tros nocturnos, hoteles, moteles y restaurantes de la región; así como 153
verificaciones migratorias a los ferrocarriles (INM, 2015), a raíz de lo cual
fueron presentados ante la autoridad migratoria en el primer cuatrimestre
del año 2015 —es decir, el primer cuatrimestre en que operó el programa—,
a 62 274 personas, de las cuales fueron devueltas casi 53 mil, lo que casi
duplica el número alcanzado un año antes (INM, 2015).
Estas actividades gubernamentales son percibidas por organizaciones de
la sociedad civil, periodistas y academia como casos de hostigamiento,
persecución, maltrato y tortura; tal percepción tiene fundamento en su
experiencia diaria como investigadores y prestadores de asistencia huma-
nitaria con una presencia permanente en el lugar, así como con la cantidad
de denuncias realizadas ante la Fiscalía Especializada en Delitos contra
Migrantes de Tabasco y ante la delegación de la PGR en Tenosique, donde
las autoridades a quienes se les imputa la mayoría de los delitos cometidos
es el Instituto Nacional de Migración y la Policía Federal. A partir de estos he-
chos es que se niega el carácter humanitario del programa y la adecuada
protección, promoción, garantía y defensa de derechos humanos.
R etos y perspectivas de los derechos humanos de los migrantes
En este apartado, el capítulo se aboca a establecer los retos que se presentan
a la regulación jurídica de la migración no sólo en México sino en el mundo
entero.
Como se ha afirmado, la migración internacional crece ininterrumpida-
mente sin que existan factores reales que puedan prever un decremento. A
pesar de los discursos de cooperación e impulso a las economías locales, el
modelo económico imperante privilegia la conformación de bloques y
el intercambio global. Eso quiere decir que las personas seguirán teniendo la
necesidad de moverse hacia donde esté el trabajo, la seguridad y el dinero,
mismos que no son distribuidos equitativamente en el mundo, sino que ha
logrado que la riqueza se oriente a determinados polos, por eso es que esas
grandes concentraciones de riqueza han generado que los movimien-
tos humanos se perpetúen.
No sólo la economía influye en los movimientos migratorios; del mismo
modo, las condiciones políticas y sociales, los conflictos armados y las al-
teraciones del medio ambiente contribuyen a su formación, orientación y
permanencia.
Por ende, el derecho migratorio debe formularse a partir de la realidad
geopolítica y económica, no sólo de cada país en particular, sino de las re-