Mi primera publicacion VOLUMEN 20-MIGRACION-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO-20 | Page 804
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Luisa Gabriela Morales Vega
texto de las leyes no es suficiente para que éstos sean ejercitados, exigidos
o impuestos; sino que es necesario (al menos a nivel normativo) que se
emitan las disposiciones reglamentarias, administrativas o ejecutivas que
así lo garanticen o permitan, independientemente de los demás factores no
normativos que propician la eficacia de las normas. En ese sentido, obser-
vamos que la faceta securitista de las normas migratorias se ha desarrollado
e implementado ampliamente y no así la garantista.
A partir de la expedición de la Ley de Migración en 2011, México ha
desarrollado una importante variedad normativa en torno al fenómeno. Se
cuenta con las leyes principales que explícitamente reconocen en su ar
ticulado una serie de derechos, cuyos titulares son precisamente las perso-
nas en movimiento o migrantes, y en esas leyes se establece la obligación
del Estado de garantizar el goce y el ejercicio de tales derechos.
Ahora bien, además de los artículos expresamente orientados a preservar
la seguridad nacional que se encuentran en la Ley de Migración, existen
programas o estrategias gubernamentales creadas específicamente en ese
sentido, muestra de ello la tenemos en el llamado “Programa Frontera Sur”,
que es un plan de contención puesto en marcha en 2014 por el presidente
de la República. Se conoce con ese nombre a la estrategia intersecreta-
rial denominada Coordinación para la Atención Integral de la Migración
en la Frontera Sur, y representa en la práctica una maniobra del Ejecutivo
Federal que aumenta la presencia de agentes estatales en la zona fronteriza
al sur del país y que —como dice literalmente el decreto que lo creó— tie-
ne por objeto instruir a las dependencias y entidades de la administración
pública federal y demás autoridades en el ámbito del Poder Ejecutivo Fe-
deral, para coordinarse en la definición de estrategias y proporcionar, den-
tro de sus respectivas competencias, la Atención Integral de la Migración
en la Frontera Sur.
El Programa Frontera Sur (en adelante “el programa”) ha sido calificado
de cacería de migrantes (Animal Político y CIDE, 2015), y se ha dicho que
el mismo ha significado represión, persecución y muerte (Grupo Fórmula,
2015). Se toman como base para estas afirmaciones varias cuestiones: en
primer lugar la estadística oficial que muestra un aumento sin precedentes
en las presentaciones y devoluciones de ciudadanos centroamerica-
nos, derivado de la reforzada y numerosa presencia de agentes del orden en
la zona sur como consecuencia de la instalación de los llamados “Centros
de atención integral al tránsito fronterizo”. Incremento que incluso las
autoridades han anunciado como un logro durante su gestión; por ejemplo,
para marzo de 2015, el comisionado del Instituto Nacional de Migración pre-
sumía haber llevado a cabo 758 operativos de control y verificación, no sólo
en los puestos establecidos para ello, sino también en bares, cantinas, cen-