Mi primera publicacion VOLUMEN 20-MIGRACION-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO-20 | Page 469
Estadounidenses de origen mexicano emigrados a México: 2010 Y 2015
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clientes y colegas de todo el mundo (Jauregui, 2015:3); para los hablantes mo
nolingües se agregan desventajas crecientes en el mercado doméstico e
internacional (Tochon, citado en Jauregui 2015:3). Callahan, en sus estudios
señala que los hijos de inmigrantes que abandonan el idioma de su país de
origen familiar, tienden a tener menos ingresos que los que retuvieron
ambos idiomas. 7 Afortunadamente el sistema educativo de México está
cambiando en cuanto a la enseñanza del idioma inglés, ello favorece a que
los menores y jóvenes estadounidenses que ingresan al país no pierdan el
idioma de su país de nacimiento. Para los hijos de mexicanos nacidos en
suelo de Estados Unidos que hablan inglés y español, se suman como ven
tajas las modificaciones constitucionales de México que dan cabida a la
doble ciudadanía y les otorga el derecho a tener la ciudadanía mexicana sin
perder la estadounidense.
L a nacionalidad mexicana, reforma a la C onstitución, 20 de marzo de 1997
Las reformas a la nacionalidad se refieren y atañen a los artículos 30, 32 y 37 cons
titucionales, las reformas a la Ley de Nacionalidad (20 de marzo de 1998) refieren:
A) Son mexicanos por nacimiento:
II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territo
rio nacional (padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana
nacida en territorio nacional);
III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización,
de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y
IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de gue
rra o mercantes.
B) Son mexicanos por naturalización:
II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con
mujer mexicano, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio na
cional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley. En esta últi
ma reforma se agregó el requisito de que los padres deben de haber nacido en
territorio nacional, con lo cual la nacionalidad mexicana para los nacidos en el
extranjero se limita a la segunda generación, es decir, los mexicanos nacidos en
el extranjero cuyos padres sean mexicanos nacidos en territorio nacional, no po
drán otorgar nuevamente la nacionalidad mexicana a sus descendientes, evitando
con ello la posibilidad de asimilar como nacionales mexicanos a personas total
mente desvinculadas con los intereses del país (disponible en ).
F uente : , consultado
el 11 de agosto de 2016.
, consultado el 11 de agosto de
2016.
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