Mi primera publicacion VOLUMEN 20-MIGRACION-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO-20 | Page 1058
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Manuel Ángel Castillo
un sentido más amplio, de la movilidad de la población. En su acepción
más estrecha, los planteamientos de política migratoria se reducen a lo que
podría definirse como la administración de flujos de personas; sin embar-
go, una perspectiva más comprensiva recupera el sentido de la movilidad
como un proceso social, con múltiples aristas, que no se agotan exclusiva
mente en las características de sus protagonistas y de las condiciones en
que ocurren los desplazamientos. Ello implica que los sujetos de dichos mo-
vimientos, las personas migrantes son seres humanos con necesidades,
sentimientos, emociones y, sobre todo, derechos, cuyo ejercicio trasciende
los límites restringidos de las instituciones encargadas de la administración
de los flujos. 3 En realidad ponen en evidencia el carácter transversal de las
acciones relacionadas con su condición y atañen a las responsabilidades y
funciones de distintas instituciones de las estructuras y niveles de gobierno
de los Estados. Por lo tanto, exigen la adopción de políticas con caracterís
ticas de integralidad y congruencia en el quehacer de sectores y niveles de
la administración pública.
A ntecedentes de la política migratoria mexicana
Desde el inicio de su vida independiente y a lo largo de los procesos de
formación y consolidación del Estado mexicano, se fueron adoptando prin
cipios, normas y procedimientos para regular su accionar con respecto a
los movimientos de su población dentro y fuera de su territorio. Dichos ele
mentos no han estado imbricados únicamente en su dinámica social, sino
que hay que tener en cuenta la inevitable inserción en el marco de las rela
ciones internacionales del país, no sólo con las naciones vecinas y de la
región en que se inscribe, sino también en el ámbito de operación de insti
tuciones forjadas por la comunidad internacional, en las que se incluyen
espacios de acción e intervención en la regulación y los derechos de las per
sonas que se movilizan en territorios diversos.
A lo largo del siglo XX, se adoptaron varios instrumentos normativos,
cuyo principal propósito era la regulación de la admisión (o no) y de la per
manencia de extranjeros en territorio mexicano. El rasgo común en dicha
legislación es una cierta reticencia, sobre todo a la llegada de algunas per
sonas en razón de su origen, lo cual estaba motivado por factores propios
ción de dichas políticas, restando capacidades a los Estados en el desempeño de funciones sobe
ranas, como es la formulación, adopción y aplicación de políticas migratorias.
3
Kelman (2017), refiriéndose a los escritos de Hannah Arendt, dice que “Los derechos del
Hombre no requieren de otra autoridad para su establecimiento que la dignidad del Hombre…”
(2017:3).