Mi primera publicacion VOLUMEN 20-MIGRACION-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO-20 | Page 1057
Hacia una nueva política migratoria
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cos o religiosos); internas (dentro del territorio nacional) o internacionales
(allende sus fronteras); por diferencias de edad (jóvenes, personas en edad
activa, menores y adultos mayores) y sexo (predominantemente masculinas
o femeninas); entre otras perspectivas.
Por otra parte, al igual que otras políticas públicas, sus alcances se ins
criben en el marco de principios usualmente consagrados en las constitu
ciones nacionales, sobre todo en materia de libertades y derechos de la
población (Mármora, 2002). Entre las primeras, ocupa un lugar importante
la libertad de tránsito, que garantiza el libre desplazamiento de las personas
por cualquier lugar del territorio nacional, salvo un número reducido de
restricciones relacionadas con criterios de seguridad o del ámbito de la
propiedad privada.
Otro aspecto relacionado con los alcances de la política en esta materia
se refiere al ejercicio de la soberanía, principio reconocido desde la misma
formación de los Estados nacionales y que, desde entonces, remite a un
territorio en el que rige y opera la institucionalidad adoptada en su marco
jurídico. Pero a la vez, dicho ámbito de operación es un referente para su
esquema de relaciones con el exterior y de ello surge la importancia de las
regiones fronterizas, en cuanto límites o confines del ejercicio de las sobera
nías de los países. También es de notar el carácter de dichas porciones del
territorio entre naciones vecinas, en las cuales se observan continuidades
y discontinuidades, aunque al mismo tiempo se desarrollan relaciones estre
chas, sobre todo en el nivel local y, a la vez, tensiones generadas principal
mente en los centros de poder político y económico.
Sin embargo, este es un tema en constante y continua redefinición, pues
—entre otros factores— justamente las dinámicas de movilidad de las po
blaciones entre países han obligado a replantear y redefinir el campo de
acción y de responsabilidades de los Estados nacionales hacia sus habitan
tes cuando se encuentran fuera de su territorio. La defensa de los derechos
de los connacionales en el exterior ha tomado carta de naturaleza como
obligación de los Estados y propiciado la creación y el desarrollo de un
campo específico de trabajo en materia de protección y asistencia, especial
mente a cargo de las redes consulares de los países de origen establecidos en
los países de destino y de tránsito.
Un tema de debate en esta materia se refiere a la definición de compe
tencias y jurisdicciones del concepto de gestión de las migraciones 2 o, en
Pécoud (2017) recoge la crítica al concepto de gestión que según cita a “universitarios,
asociaciones y otras organizaciones internacionales”, ha sido utilizado por instituciones como la
Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para despolitizar (hacer neutrales) las
políticas migratorias, permitiendo la injerencia de entidades externas en la definición y opera
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