Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 58
ESTATUTO MODIFICADO 2018, 22-23 NOVIEMBRE, LIMA-PERÚ
Artículo 86°.-
En ceremonia pública en un plazo no mayor de 20 días, toma juramento
a la Secretaria General electa y ésta a su Junta Directiva.
TITULO VII
DEL PROCESO ELECTORAL
DE LOS CANDIDATOS Y PERSONEROS
Artículo 87°.-
Las (os) postulantes a candidatas(os) para cargos del CEN serán
respaldados por la firma no menor del 10 por ciento de agremiadas(os)
hábiles como adherentes a nivel Nacional.
Artículo 88°.-
El Comité Electoral Nacional y de base declarará la nulidad de las
elecciones cuando:
a) Los votos nulos o en blanco sumados, superan los 2/3 del número de
votos emitidos.
b) En caso de empate o cuando no se supere el 50 por ciento más
uno de los votos emitidos en caso de ser lista única.
Artículo 89°.-
El Comité Electoral Nacional y de base convocará nuevamente a
elecciones en un plazo no mayor de 30 días calendarios.
Artículo 90°.-
El Comité Electoral Nacional procederá a Proclamar a la lista ganadora
en acto público en un lapso no mayor a 15 días antes de la juramenta-
ción.
Artículo 91°.-
La (el) Presidenta (e) del Congreso Nacional Ordinario tomará juramento
a la Secretaria General electa, quien a su vez tomará juramento a su
Junta Directiva.
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