Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 58

ESTATUTO MODIFICADO 2018, 22-23 NOVIEMBRE, LIMA-PERÚ Artículo 86°.- En ceremonia pública en un plazo no mayor de 20 días, toma juramento a la Secretaria General electa y ésta a su Junta Directiva. TITULO VII DEL PROCESO ELECTORAL DE LOS CANDIDATOS Y PERSONEROS Artículo 87°.- Las (os) postulantes a candidatas(os) para cargos del CEN serán respaldados por la firma no menor del 10 por ciento de agremiadas(os) hábiles como adherentes a nivel Nacional. Artículo 88°.- El Comité Electoral Nacional y de base declarará la nulidad de las elecciones cuando: a) Los votos nulos o en blanco sumados, superan los 2/3 del número de votos emitidos. b) En caso de empate o cuando no se supere el 50 por ciento más uno de los votos emitidos en caso de ser lista única. Artículo 89°.- El Comité Electoral Nacional y de base convocará nuevamente a elecciones en un plazo no mayor de 30 días calendarios. Artículo 90°.- El Comité Electoral Nacional procederá a Proclamar a la lista ganadora en acto público en un lapso no mayor a 15 días antes de la juramenta- ción. Artículo 91°.- La (el) Presidenta (e) del Congreso Nacional Ordinario tomará juramento a la Secretaria General electa, quien a su vez tomará juramento a su Junta Directiva. [ 57 ]