Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Page 59

CO M P E N D I O 2 0 19 DE LAS SANCIONES Artículo 92°.- 
Las sanciones serán impuestas concluido el proceso electoral por: a) La Plenaria Nacional de Delegadas(os) a través de su órgano sancionador, sancionará al Comité Electoral Nacional. b) La Asamblea General de Agremiadas(os) de Base a través de su órgano sancionador, sancionara al comité electoral de base; a los miembros de mesa de sufragio que no hayan cumplido con su función y a las(os) agremiadas(os) que no hayan cumplido con sufragar. TITULO VIII DEL ÓRGANO DE CONTROL INTERNO CAPITULO I COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN Artículo 93°.- El órgano de control interno es un estamento, cuyas funciones consisten en velar por el fiel cumplimiento del estatuto y su reglamento. Artículo 94°.- La Comisión de Fiscalización del CEN SINESSS, es el órgano de control interno de la organización, funciona en forma permanente, sus miembros deben tener conocimiento, experiencia y solvencia moral comprobada. Artículo 95°.- La Comisión de Fiscalización del CEN SINESSS, está conformada por 05 miembros: 03 titulares y 02 suplentes, que serán elegidos en el Congreso Nacional por el periodo de 03 años. Artículo 96°.- Los miembros de la Comisión de Fiscalización, no podrán ser reelectos en dos periodos continuos. [ 58 ]