Mi primera publicacion Compendio SINESSS 2019 FINAL NUEVO | Seite 53
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b) Investigar, evaluar y calificar las denuncias.
c) Iniciar la etapa instructiva, solicitando los descargos y requiriendo
las pruebas pertinentes para evaluar.
d) Elaborar el Informe Final de la Etapa Instructiva.
e) Notificar al presunto infractor otorgándole 05 días hábiles para que
solicite Uso a la Palabra, a fin de ejercer por última vez su derecho
a defensa sobre los argumentos del Informe Final de la Etapa
Instructiva que recomienda la imposición de sanción disciplinaria.
f. Aperturar acta en la cual recogen la votación final:
i. Sí ha lugar a sanción.
ii. No ha lugar a sanción.
g) Elaborar el Informe Final de Etapa Sancionadora.
h) Elaborar la Resolución en el cual se materialice la decisión tomada. La
misma que deberá ser notificada vía notarial al agremiado, asimismo
se notifica por vía regular a la Junta Directiva de Base donde se
ubicará el agremiado y a la Secretaría de Control y Disciplina del
Consejo Ejecutivo Nacional.
Artículo 67°.- La falta según su naturaleza puede ser leve y grave.
Son faltas leves:
a) La negligencia en el cumplimiento de las tareas asignadas.
b) Generar desorden en las Asambleas.
c) Inasistencias a las asambleas convocadas.
Artículo 68°.-
Son faltas graves
a) Incumplir las disposiciones contenidas en el presente Estatuto y
reglamento.
b) Negarse a acatar o interferir directa o indirectamente el cumplimiento
de los acuerdos, resoluciones y demás obligaciones que emanen de
los Órganos de Gobierno del SINESSS.
c) Mal uso de las licencias sindicales.
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