EXISTENCIAL. Es decir, el derecho es un ESTADO, y sólo existe aquello que
es consiente de sí mismo como objeto de derecho y se somete por un acto de
voluntad a la ley que expresa él mismo.
Vamos profundizando. “Derecho” implica RECTILINEIDAD, y como magnitud o
dimensión, no es mensurable a través de CURVAS, TORCEDURAS o
PARÁBOLAS (de parabólico). Por lo tanto el Estado de Derecho implica una
actitud existencial marcada por estados absolutos de SER o ESTAR.
Vamos en pos de más significación relativa a tan primordial cognato. Un
suboficial desde que sale de la Academia Militar después de cinco años de
estudio e instrucción, deberá estudiar e instruirse en la práctica profesional
durante 15 años más, para lograr la oficialidad con rango de MAYOR.
Un Estado Mayor de Ejército sólo admite oficialidad, y esto prueba el alto grado
de instrucción que se requiere para ser oficial de Estado Mayor. Un Estado
Mayor realiza preponderantemente, ESTRATEGÍA MILITAR.
Ahora vamos integrando las significaciones; Un Estado Mayor implica un rasgo
de mayoridad; ¿pero que se mensura como mayoridad?; respuesta, la
mayoridad de CONCIENCIA; es decir, además de teorías racionales, la
nivelación con-siente entre las realidades o estructuras culturales externas, y
las internas. Es decir, que un Estado de Derecho debe ser necesariamente
parte de un Estado Mayor de conciencia.
Es claro ahora que en la mayoría de los países del mundo, salvo algunos
sujetos colectivos que todavía alimentan su propia potencia racial actualizando
sus propios mitos raciales, (mitos originales) por ejemplo, los países nórdicos,
no existen Estados de Derecho.
Un Estado de Derecho no admite parcialismos y relatividades. “Es”, y cuando
“Es”, es toda la verdad posible. Porque la verdad sólo es asimilable en un
Estado Mayor de Conciencia.
El sujeto colectivo debe usar como anclaje el modelo de ejemplaridad
expresado por el sujeto individual o individuo más idóneo. Y ese individuo será
el que puede abarcar esos niveles inconscientes donde se contienen las
potencias raciales. Individuos que tienen la capacidad de funcionar a niveles
psicológicos en Estados Alterados de Conciencia provocados por la potencia
de los símbolos originales.
Dicho de otra manera, sólo se puede operar en estados alterados de
conciencia si previamente se ha dominado los estados psicológicos
intermedios, entre las potencias raciales del inconsciente colectivo, y el
operador egoico.
Ser consiente de este operador egoico faculta al individuo para comprender y
dominar los estados psicológicos, que no son estados mayores, y conseguir la
mayoría consiente. Esto fue ampliamente explicado cuando tratamos de los
viejos códigos de honor y sus contextos caballerescos, en un acápite anterior.
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