la responsabilidad de atender las cuestiones provisionales, constituyendo nuestro país
un claro ejemplo. En otros, la respuesta ha surgido
de la interacción entre los sectores público y privado, estableciéndose un
esquema de cobertura que podría denominarse "mixto", por el cual el
Estado se encarga de asegurar la previsión de estándares básicos tales
como una jubilación o pensión mínima, asistencia médica, etc. Y el sector
privado brindan diversos complementos financiados con los aportes
de trabajadores y/o empleados.
FONDOS MUTUOS: Patrimonio aportado por personas naturales o jurídicas, para su
inversión en valores de oferta pública, administrado por un tercero (sociedad
administradora de fondos mutuos), por cuenta y riesgo de los partícipes
o aportantes, quienes, por tanto, perciben los beneficios a través de las
revalorizaciones de sus aportes y soportan las eventuales pérdidas. Son
fondos "abiertos" aquellos en que las cuotas son rescatables por esencia.
En los fondos "cerrados" las cuotas no son rescatables.
FRANQUICIA: Daño o parte de daño que debe cobrarse, por acuerdo al asegurado.
Se trata a grandes rasgos, de la venta que hace un productor original, de
un formato o negocio, concepto que incluye derechos, estrategias de
servicio e incluso el "good will".
El comprador se hace a unos derechos, para establecer su propio negocio,
explotando los productos y marcas ya posicionadas en el mercado y
que por ende, tienen un prestigio ganado.
FUGA DE DOLARES: Situación en la cual se fugan divisas hacia el exterior como
resultado de tasas de interés externas más atractivas que las del mercado doméstico.
FUSION: Unión de dos o más empresas para formar un nuevo negocio. Tienen
aplicaciones financieras para inversores, empleados y acreedores.
G
GANANCIA: valor del producto vendido descontando el costo de los insumos y la
depreciación menos los pagos a los factores contratados, tales como
salarios, intereses y arriendos.