justicia conmutativa en un contrato específico se autorizaba al perjudicado a
rescindir el contrato y en está hipótesis inicial puede decirse que se consideraría la
lesión como un vicio objetivo. El legislador mexicano consagra dos acciones, a
saber; la acción de nulidad, según se desprende de los aa. 2228 y 2230 CC,
facultando al que sufrió la lesión para invocarla y pedir la nulidad relativa del acto.
Asimismo, conforme al aa. 17 CC estaría facultando al que se perjudicó para pedir
la rescisión del contrato o la reducción equitativa de la obligación, cuando ésta sea
desproporcionada o presuponga un lucro excesivo a favor de la otra parte, siempre
que el lucro sea por la explotación de la ignorancia, de la manifiesta einexperiencia
o de la miseria del perjudicado.
LIQUIDACION.-Documento en el que se consignan los datos generales o
características de una operación dada, con la indicación de la partida presupuestaria
que se afecta para realizar algún pago derivado de una obligación a cargo del
Gobierno Federal, o para efectuar algún movimiento de tipo presupuestario y que
sirve de sustentación para el documento presupuestario, que debe expedirse según
la naturaleza de la operación. Es un periodo, contado a partir de la fecha en que se
dan por concluidas las operaciones de una empresa por diversas razones y durante
el cual se nombra a una persona llamada liquidador, la cual tiene a su cargo la venta
del activo de la empresa, el pago de sus obligaciones y del remanente si lo hay, y
el reembolso a los accionistas del monto de sus aportaciones
MEDIDAS DE SEGURIDAD.-Providencia, con carácter preventivo para la sociedad
y la corrección para el sujeto, se adoptan con los individuos que se encuentran en
el estado peligroso desde el punto de vista de la defensa social de carácter general.
Estas medidas aún cuando practicadas en todos los tiempos, por ejemplo, con los
locos furiosos, no se habían elegido en un completo sistema de prevención penal y
social hasta que lo proclamó así la
Escuela Positivista que en el Derecho Penal crearon Criminalistas de la talla de
Ferri, Lombroso y Garófalo.
MUERTE.- Cesación o término de la vida.