MANUAL DIGITAL
Previsión: Es la habilidad de anticipar y prepararse contra cualquier eventualidad, en otras palabras es prever el peligro, así como la forma en que esas condiciones se desarrollarán y cerciorarse de que no pondrán en peligro el vehículo que se conduce.
Previsión social: La Previsión Social se conceptualiza como " la política y las instituciones que proponen contribuir a la preparación y ocupación del trabajador, a facilitarle una vida cómoda e higiénica y a asegurarle contra las consecuencias y riesgos naturales, sociales y profesionales ", representa además un derecho social fundamentado en la responsabilidad tutelar del Estado para la producción de bienes y servicios destinados a anticipar y complementar el impulso de bienestar y de seguridad del trabajador y de su familia, por ello la previsión social tiene un doble carácter: por un lado representa una política estatal para proteger la salud de la población y por otra parte: un conjunto de actividades materializadas en instituciones de servicio.
Productividad: Índole de lo productivo. Con significado reciente, capacidad o grado de producción por unidad de trabajo, superficie de tierra cultivada o equipo industrial, entre otras referencias
Relación de trabajo: Es la prestación de un servicio personal subordinado a una persona por medio de un salario cualquiera que sea el acto que le dio origen. // Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la
Prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
Reparación: Acción y efecto de reparar.
Rescisión: Dejar sin efecto un contrato, una obligación, etc.
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Responsabilidad: Obligación de reparar y satisfacer por uno mismo, o en ocasiones especiales por otro, la pérdida causada, el mal inferido o el daño originado. Deuda. Deber de sufrir las penas establecidas para los delitos o faltas cometidas por dolo o culpa. Capacidad para aceptar las consecuencias de un acto consiente y voluntario.
Riesgo: Riesgo equivale a posibilidad o proximidad de un daño.
Riesgos de trabajo: Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
Salario: Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. // Remuneración monetaria o en especie que recibe un trabajador por sus prestaciones en la producción de bienes y servicios. Las retribuciones de un trabajador pueden traducirse en ventajas para su familia, como facilidades para la vivienda, en la educación de los hijos, etc. El salario se pacta bien de forma bilateral entre el trabajador y el empresario o por convenio