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MANUAL DIGITAL
Capacitar: Hacer a uno apto, habilitarlo
para alguna cosa.
Compensación: La Compensación es la
contribución de una deuda y de un crédito
entre sí" (debiti et crediti inter se
contributio); por su parte Pampolio en la
misma línea nos dice que " Más ventajoso
resulta al acreedor y deudor no pagar que
volver a pedir lo ya pagado.
Condiciones de trabajo: Como las normas
que fijan los requisitos para la defensa de la
salud y la vida de los trabajadores en los
establecimientos y lugares de trabajo y las
que determinan las prestaciones que deben
percibir los hombres por su trabajo.
Conflicto colectivo de trabajo: Cuando se
plantea una situación conflictiva entre el
empresario y una pluralidad de
trabajadores siempre y cuando afecte
intereses generales de estos.
Contratación: Acto por el cual una persona
se obliga para con otra a dar, hacer o no
hacer alguna cosa.
Contrato: La concepción de contrato que
debe entenderse actualmente vigente,
realmente, no es otra que la recogida en el
CC, pero pasada por el tamiz de la actual
realidad socio-jurídica, con la carga
protectora que ello conlleva. Por ello,
parece posible entender el contrato como el
"acuerdo de voluntades de los participantes
(generalmente, dos partes) relativo a un
dar, hacer o no hacer algo, mediante el cual
surge un entramado de obligaciones y
derechos fruto de dicho pacto (que,
mientras en algunos casos, serán
consecuencia de la negociación de las
partes, en otros casos se impondrán por
una parte a la otra, situación ésta en la que
no se podrán sobrepasar determinados
límites que se consideran socialmente
adecuados), Por lo tanto, el concepto
decimonónico de contrato sigue
perfectamente vigente, pero asimilando las
transformaciones fruto de la nueva
situación económica actual: la autonomía
de la voluntad sigue siendo la fuente
principal de la regulación contractual,
aunque acotada por las limitaciones
impuestas por la socialización del modelo
liberal en que se inserta el CC, ya
presentes en su redacción literal pero que,
a consecuencia de las orientaciones
legislativas de la época, eran de bastante
más reducida aplicación.
Contrato de trabajo: Es aquel por el cual
una persona denominada trabajador se
compromete d