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social supone una pérdida de su estatus de trabajador activo económica y socialmente. Todo
cambio requiere de ajuste y adaptación y por eso es importante la preparación de quienes
deben experimentarlo. Aunque la jubilación es un derecho muchas personas continúan
activas laboralmente de forma total o parcial después de la jubilación. Las personas de edad
y el desarrollo: 1. Participación activa en la sociedad y en el desarrollo. 2. Empleo y
envejecimiento de la fuerza de trabajo. 3. Desarrollo rural, migración y urbanización. 4.
Acceso al conocimiento, la educación y la capacitación. 5.
Solidaridad intergeneracional. 6. Erradicación de la pobreza. 7. Situaciones de emergencia.
L
LESIONES.-(Del latín laesio- onis, cualquier daño, perjuicio o detrimento). Se entiende por
lesión el daño que causa quién, “explotando la ignorancia, notoria inexperiencia o extrema
miseria de otro”, obtiene una desproporcionada ventaja, disminuyendo injustamente el
patrimonio de la otra parte (a. 17 CC). La razón histórica por la que el legislador introdujo la
regulación de la lesión surgió cuando en el posclasicismo romano los jurisconsultos imbuidos
de la idea cristiana de que en los contratos debía de existir una igualdad. En las prestaciones,
cuando no había justicia conmutativa en un contrato específico se autorizaba al perjudicado
a rescindir el contrato y en está hipótesis inicial puede decirse que se consideraría la lesión
como un vicio objetivo. El legislador mexicano consagra dos acciones, a saber; la acción de
nulidad, según se desprende de los aa. 2228 y 2230 CC, facultando al que sufrió la lesión
para invocarla y pedir la nulidad relativa del acto. Asimismo, conforme al aa. 17 CC estaría
facultando al que se perjudicó para pedir la rescisión del contrato o la reducción equitativa
de la obligación, cuando ésta sea desproporcionada o presuponga un lucro excesivo a favor
de la otra parte, siempre que el lucro sea por la explotación de la ignorancia, de la manifiesta
einexperiencia o de la miseria del perjudicado.
LIQUIDACION.-Documento en el que se consignan los datos generales o características de
una operación dada, con la indicación de la partida presupuestaria que se afecta para realizar
algún pago derivado de una obligación a cargo del Gobierno Federal, o para efectuar algún
movimiento de tipo presupuestario y que sirve de sustentación para el documento
presupuestario, que debe expedirse según la naturaleza de la operación. Es un periodo,
contado a partir de la fecha en que se dan por concluidas las operaciones de una empresa por
diversas razones y durante el cual se nombra a una persona llamada liquidador, la cual tiene
a su cargo la venta del activo de la empresa, el pago de sus obligaciones y del remanente si
lo hay, y el reembolso a los accionistas del monto de sus aportaciones