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I
INCAPACIDAD.- La incapacidad es la disminución o pérdida de la aptitud para el trabajo,
como consecuencia de una alteración anatómica o funcional del cuerpo humano.
INDEMINIZACION.- La obligación patronal de otorgar un pago extraordinario al
trabajador, en algunos casos, o a sus familiares en otros, en calidad de reparación económica
por un daño sufrido, ya sea en su persona o en su actividad
INSPECCION.-(Del lat. inspectio, -onis). // Acción y efecto de inspeccionar. // f.
Cargo y cuidado de velar por algo. // Casa, despacho u oficina del inspector.
//Der. Examen que hace el juez por sí mismo, y en ocasiones con asistencia de los interesados
y de peritos o testigos, de un lugar o de una cosa, para hacer constar en acta o diligencia los
resultados de sus observaciones
INSPECCION DE TRABAJO.-La Inspección de Trabajo, es un servicio público a cargo
del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, que tiene como objeto velar por el
cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales en materia laboral, de promoción
y formación para el trabajo, y de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de prevenir
o solucionar los conflictos o riesgos laborales entre trabajadores y empleadores.
J
JORNADA DE LABORAL.-Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador
está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
JORNADA DE TRABAJO.-Tiempo durante el cual dura el trabajo sin que pueda exceder
de los máximos legales.
JUBILACIÓN.- Proceso por el cual se pone fin a la vida laboral activa de una persona.
Implica un cambio global de la situación vital (individual, social, económica y legal) de la
persona que se retira de la vida laboral. La transición del trabajo a la jubilación implica el
inicio de una nueva etapa vital, con diferencias respeto a lo anterior en lo personal y
colectivo. En lo personal implica un cambio de sus hábitos diarios, de su nivel de vida. En lo