MANUAL PARA EL ENTRENADOR
El entrenador debe darse cuenta
de que ciertas situaciones o actos
amistosos
pueden
ser
malinterpretados, no sólo por el
ejecutante, sino por alguien ajeno
motivado por los celos, disgusto o
desconfianza, y puede acusarlo de
una mala conducta sexual o de
una conducta inapropiada.
A.5 La relación entre un entrenador deportivo y el deportista depende fuertemente
de la confianza y respeto mutuos. Específicamente, esto significa que el
participante debe ser informado sobre las capacidades y experiencia del
entrenador y debe recibir la oportunidad para aceptarlo o rechazarlo.
Compromiso
A.6 Los entrenadores deben aclarar por adelantado a los deportistas y/o a los
usuarios, el número de sesiones, cuotas (si existen) y la forma de pago. Deben
también aclarar las expectativas del resultado de los entrenamientos.
A.7 Los entrenadores deportivos tienen la responsabilidad de comunicar a sus
ejecutantes y/o usuarios, cualquier otro compromiso actual de entrenamiento
que tenga.
Los entrenadores deportivos deben también averiguar si algún futuro usuario está
recibiendo instrucciones de otro entrenador. Si es así, este último debe ser
contactado para discutir la situación.
A.8 Los entrenadores deportivos que descubran algún conflicto entre su obligación
con sus participantes y su obligación hacia el cuerpo de dirigentes u otra
organización que los emplee, deben exponer la naturaleza del conflicto.
Cooperación
A.9 Los entrenadores deportivos deben comunicarse y cooperar con otros deportes
y profesiones afines a éstos, para beneficio de sus participantes. Un ejemplo de
tal contacto puede ser la búsqueda de asesoramiento vocacional para jóvenes
deportistas cuyo entrenamiento afecta el desempeño de sus estudios.
Ajedrez 3
Modelo curricular de cinco niveles
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