Manual de Ejercicio Profesional Médico Edición 2020 | Page 40

Capítulo II Del ejercicio profesional médico quedaren vacantes con posterioridad al proceso de selección, pueden ser provistos dentro del plazo de 90 días siguientes en un proceso de selección a nivel nacional, efectuado por los respectivos Servicios de Salud. Desde el punto de vista práctico, una vez convocado el Proceso, los médicos cirujanos podrán presentar todos los antecedentes solicitados en las Bases del Concurso para proveer estos cargos de la Etapa de Destinación y Formación y serán sometidos a evaluación. Una vez aceptada la solicitud, se hará un llamado a viva voz en que, de acuerdo a los respectivos puntajes obtenidos por el profesional, se le dará la opción de tomar o no el cargo ofrecido en algún Servicio de Salud del país. Generalmente el profesional será destinado a algún establecimiento que lo requiera por extrema necesidad y, ello generalmente obedece a aquellos que se encuentran en lugares de difícil desempeño y complejo acceso. Aceptado el cargo, el profesional debe presentarse en el Servicio de Salud al que fue destinado y respecto del cual, voluntariamente, ha aceptado la destinación, el 1° de abril siguiente y, allí se dictarán al efecto, las respectivas resoluciones administrativas de contratación (se hace presente que los profesionales funcionarios ¡No firman contrato! Como suele pensarse, pues, se rigen por los actos administrativos que dicte su Jefe Superior y por la Ley. Es importante hacer presente a los médicos cirujanos que deben estar muy atentos a los instrumentos de categorización de dificultad del establecimiento en el que se desempeñarán, realizado por la Subsecretaría de Redes Asistenciales, pues, ello será vital cuando en el futuro deseen postular a programas de especialización, lo cual, también se hará mediante concurso público y, un establecimiento de mayor complejidad, dará mayor puntaje para poder escoger bien la especialidad y establecimiento de educación superior en el que querrán desempeñarse. Así las cosas, el médico cirujano deberá fijarse si el establecimiento de salud está calificado con la letra A, B, C, D o E, siendo la letra A la de mayor dificultad y que implicará un mayor puntaje posterior. De esa manera, estos médicos darán inicio a su carrera funcionaria en la EDF, en donde podrán { Manual para el Ejercicio Profesional Médico 2020 } mantenerse por nueve años; salvo que deseen desde el tercer año de desempeño postular a los concursos que se convoquen para realizar programas de especialización, según se verá más adelante. Se hace presente, desde ya, en todo caso, que la postulación señalada se puede realizar sólo hasta el sexto año de desempeño. Además, se advierte que el médico en este caso, comenzará realizando funciones como médico general. 3.2.1.2. INGRESO A LA ETAPA DE DESTINACIÓN Y FORMACIÓN DE LOS MÉDICOS INGRESADOS EN CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 9° DE LA LEY 19.664 La ley establece que, sin perjuicio de aquellos méicos ingresados a la Etapa de Destinación y Formación mediante un concurso, los Directores de los Servicios de Salud están facultados para contratar directamente profesionales funcionarios en la Etapa de Destinación y Formación, cuando circunstancias fundadas lo justifiquen en razón de necesidades del Servicio, en forma transitoria y por periodos determinados. Estas contrataciones pueden disponerse en toda época del año con cargo a la dotación de horas asignadas a esta etapa, sea cual fueren las causas por las que se encuentren disponibles, pero, no pueden exceder al 20% de la dotación de horas asignadas a ella, en cada Servicio. Aquí, se hace preciso destacar ciertos elementos prácticos que han sido preguntas frecuentes para la Unidad de Defensa Laboral Médica. En primer lugar, existe una cierta confusión al hablarse derechamente del “médico EDF”, atribuyéndolo solamente al “General de Zona”. La EDF (Etapa de Destinación y Formación) es la primera “escala” de la carrera de los profesionales de la Ley 19.664, que rige para todos aquellos que ingresan a realizar 11, 22, 33 y 44 horas en los Servicios de Salud, ello, porque el médico que sea contratado de forma directa por la autoridad (sin concurso), igualmente tiene derecho a realizar la carrera funcionaria, aspirando en el futuro a realizar una beca de formación y acceder a la planta superior. pág. | 40