MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 41
testigos (si los hay), interrogarlos si es necesario, para lograr un mayor
esclarecimiento de lo sucedido y revelar las evidencias físicas (si las hay). En esta
diligencia deben estar presentes los padres de los estudiantes y el personero
estudiantil, los cuales deben expresar su concepto sobre el caso. Todo lo que se
trate en esta diligencia, debe registrarse en el observador del alumno.
f. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la diligencia anterior, en Consejo
|Directivo Analizará los hechos, estableciendo de manera concreta las respectivas
faltas, de acuerdo con las categorías o clasificaciones establecidas en el manual,
teniendo en cuenta las circunstancias de tiempo, modo y lugar, y decidirá las
acciones formativas y la sanción correspondientes, teniendo en cuanta los
atenuantes y agravantes aplicables al caso; y lo registrará en el observador del
alumno.
g. En la misma diligencia o a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes, el
Consejo Directivo en pleno o a través de la Rectora y la Coordinadora, notificará
la decisión tomada, a los respectivos estudiantes, padres de familia y personero
estudiantil, explicándoles el recurso que procede contra ella. Los notificados
deben expresar sus opiniones al respecto, las cuales quedarán registradas en el
observador del alumno.
PROCEDIOMIENTO PARA LOS CONFLICTOS ACADÉMICOS
1. CONFLICTOS ACADÉMICOS LEVES:
El docente de la asignatura debe:
a. Escuchar las peticiones o reclamos del estudiante o padre de familia, analizar
las pruebas físicas o testimoniales, si las hay, o solicitarlas si es necesario.
b. De manera inmediata, o a más tardar al día siguiente, debe aceptar o negar la
petición o el reclamo, explicándoles las razones y presentándoles las pruebas del
caso.
c. Informarles los recursos que proceden contra esa decisión, ante quién se
presentan y en qué tiempo.
2. CONFLICTOS ACADÉMICOS GRAVES:
El Coordinador Académico, una vez conozca los hechos, debe:
a. Dialogar con el docente, el estudiante y el padre de familia, dentro de los tres
(3) días siguientes. Solicitar y valorar las pruebas.
b. Analizar detalladamente los hechos, tomar las decisiones correspondientes, y
comunicárselas a las partes y al personero estudiantil; explicándoles las razones
de dicha decisión y los recursos que proceden contra ella.
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