MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 28

DE LA CONFORMACIÓN Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES Y VOCERO DE GRADO: Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados de la institución, quienes serán elegidos democráticamente en una jornada de elecciones escolares. Los estudiantes de pre-escolar y los 3 primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Un estudiante de este consejo que esté cursando uno de los tres (03) últimos grados, deberá representar al estudiantado en el Consejo Directivo. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES: 1. Darse su propia organización interna. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a sus deliberaciones aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Las demás actividades a fines o complementarias con las anteriores, que le atribuyan el Manual de Convivencia. PERSONERO ESTUDIANTIL Estudiante elegido democráticamente por sus pares y es la persona encargada de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia de la institución, así como velar por el correcto cumplimiento. MECANISMO PARA ELEGIR AL PERSONERO POR LOS ESTUDIANTES De acuerdo con la Ley General de Educación para la elección del personero estudiantil, se convocan candidatos de los grados once únicamente, dichos candidatos pasan las propuestas y programas de gobierno al área de sociales y Coordinación de Convivencia; se orienta y organiza la campaña electoral en la primera semana del mes de marzo, donde todos los estudiantes matriculados participan masivamente en la elección del candidato de su preferencia, depositando un voto secreto en una urna sellada y revisada por el comité electoral previamente seleccionado. Terminada las elecciones se realiza el canteo de votos con delegados de cada curso (de sexto a once grado), para que sea totalmente transparente y democrático, dando a conocer a toda la comunidad estudiantil el nombre del estudiante elegido, el mismo día de las elecciones. (Ley 115 Art. 94 y decreto 1860 Art. 28). 28