MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 29
REQUISITOS PARA SER PERSONERO ESTUDIANTIL
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Tener excelentes resultados académicos y un buen comportamiento.
Ser un líder positivo.
Identificarse con la misión, visón y principios de la institución.
Poseer espíritu de servicio y colaboración.
Poseer alto sentido de relaciones humanas.
Observar en todos sus actos públicos y privados un comportamiento ético,
acorde a su investidura.
7. Participar con un plan de gobierno que beneficie a la comunidad educativa.
8. No haber sido sancionado comportamental o académicamente en el año
anterior.
FUNCIONES DEL PERSONERO DE ESTUDIANTIL
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes,
para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del
establecimiento, pedir
la colaboración del consejo de estudiantes,
organizador foros u otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes
sobre lesiones a sus derechos, y los que formule cualquier persona de la
comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
3. Presentar ante el rector las solicitudes de oficio o a petición de las partes
que considere necesarias, para proteger los derechos de los estudiantes y
facilitar el cumplimiento de los deberes.
4. Cuando lo considere necesario apelar ante el Consejo Directivo o el
organismo que haga sus veces, las decisiones del rector, respeto a las
peticiones presentadas por su intermedio.
5. Integrar los Consejos docentes para evaluación periódica del rendimiento
de los estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y
supervisar al proceso general de evaluación.
6. Recibir y decidir reclamos de