MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 29

REQUISITOS PARA SER PERSONERO ESTUDIANTIL 1. 2. 3. 4. 5. 6. Tener excelentes resultados académicos y un buen comportamiento. Ser un líder positivo. Identificarse con la misión, visón y principios de la institución. Poseer espíritu de servicio y colaboración. Poseer alto sentido de relaciones humanas. Observar en todos sus actos públicos y privados un comportamiento ético, acorde a su investidura. 7. Participar con un plan de gobierno que beneficie a la comunidad educativa. 8. No haber sido sancionado comportamental o académicamente en el año anterior. FUNCIONES DEL PERSONERO DE ESTUDIANTIL 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizador foros u otras formas de deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos, y los que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. 3. Presentar ante el rector las solicitudes de oficio o a petición de las partes que considere necesarias, para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de los deberes. 4. Cuando lo considere necesario apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector, respeto a las peticiones presentadas por su intermedio. 5. Integrar los Consejos docentes para evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar al proceso general de evaluación. 6. Recibir y decidir reclamos de