MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 27

 UN REPRESENTANTE DEL SECTOR PRODUCTIVO: Organizado en el ámbito local o subsidiariamente de las entidades cívico comunitarias. CONSEJO ACADEMICO Base de la funcionalidad del consejo académico es la organización y funcionamiento de los departamentos académicos, están relacionado con la revisión ajuste y proyección de la orientación y propuesta pedagógica los cuales estarán bajo la responsabilidad de los coordinadores con la participación de un docentes por área y sus funciones se encuentra reglamentada en el 1860 de 1994 y en el PEI. CAPITULO II ORGANIZACION DE LOS ESTUDIANTES Y SUS REPRESENTANTES CONSEJO DE ESTUDIANTES En todos los establecimientos educativos el consejo estudiantil es el órgano máximo que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Decreto 1860 de 1994 (Art. 29). Esta instancia está integrada por un representante de cada grado que ofrezca la institución. El consejo directivo en su defecto el rector convocara la asamblea por grado, quienes por mayoría simple y voto secreto elegirá su represente. Los grados preescolares, primero, segundo y tercero de educación básica, elegirán un solo representante en una asamblea y al igual que los demás grados recibirán una jornadas de sensibilización acorde a su grado de desarrollo en torno al ejercicio democrático, generando en ellos una cultura participativa y política. El sistema de elección, requisitos para ser miembro y demás funciones se encuentra consagrados en la ley y el PEI 27