MANUAL DE CONVIVENCIA Regional Simón Bolívar | Page 27
UN REPRESENTANTE DEL SECTOR PRODUCTIVO: Organizado en el
ámbito local o subsidiariamente de las entidades cívico comunitarias.
CONSEJO ACADEMICO
Base de la funcionalidad del consejo académico es la organización y
funcionamiento de los departamentos académicos, están relacionado con la
revisión ajuste y proyección de la orientación y propuesta pedagógica los cuales
estarán bajo la responsabilidad de los coordinadores con la participación de un
docentes por área y sus funciones se encuentra reglamentada en el 1860 de 1994
y en el PEI.
CAPITULO II
ORGANIZACION DE LOS ESTUDIANTES Y SUS REPRESENTANTES
CONSEJO DE ESTUDIANTES
En todos los establecimientos educativos el consejo estudiantil es el órgano
máximo que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte
de los educandos. Decreto 1860 de 1994 (Art. 29).
Esta instancia está integrada por un representante de cada grado que ofrezca la
institución. El consejo directivo en su defecto el rector convocara la asamblea por
grado, quienes por mayoría simple y voto secreto elegirá su represente.
Los grados preescolares, primero, segundo y tercero de educación básica,
elegirán un solo representante en una asamblea y al igual que los demás grados
recibirán una jornadas de sensibilización acorde a su grado de desarrollo en torno
al ejercicio democrático, generando en ellos una cultura participativa y política.
El sistema de elección, requisitos para ser miembro y demás funciones se
encuentra consagrados en la ley y el PEI
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