Manual de Administración Deportiva 2014 | Page 129
SECCIÓN II
El TAD cuenta con más de 150 árbitros de 55 países, seleccionados por su conocimiento del arbitraje y el
derecho del deporte. Cada año, el TAD registra unos 300 casos. La sede del TAD está en Lausana, Suiza.
Existen dos oficinas descentralizadas a las que pueden recurrir las partes, una en Sydney, Australia, y
otra en Nueva York, Estados Unidos.
¿Qué tipo de conflicto se puede presentar al TAD?
Cualquier conflicto que esté relacionado, directa o indirectamente, con el deporte puede ser presentado
al TAD. Estos casos pueden ser de carácter comercial (p.ej. un contrato de patrocinio) o disciplinario tras
la decisión de una organización deportiva (p.ej. un caso de dopaje).
¿Quién puede remitir un caso al TAD?
Cualquier particular o entidad jurídica –como, por ejemplo, atletas, clubes, federaciones deportivas,
organizadores de manifestaciones deportivas, patrocinadores o empresas de televisión– con capacidad
jurídica puede recurrir a los servicios del TAD.
¿En qué circunstancias puede intervenir el TAD
Para que un conflicto se pueda someter al arbitraje del TAD, las partes deben manifestar su acuerdo por
escrito. Este tipo de acuerdo puede tener un carácter excepcional o estar estipulado en un contrato o en los
estatutos o reglamentos de una organización deportiva. Las partes pueden acordar de antemano someter
cualquier conflicto futuro al arbitraje del TAD o decidir recurrir al TAD una vez que haya surgido el conflicto.
¿Cómo se inicia el arbitraje?
La parte que desea someter un conflicto al TAD debe enviar a la oficina del TAD una solicitud de arbitraje
(procedimiento ordinario) o una declaración de apelación (procedimiento de apelación), cuyo contenido
está especificado en el Código de arbitraje deportivo. En el caso de los procedimientos de apelación, solo
se podrá interponer un recurso si ya se han agotado todas las vías internas de la organización deportiva
en cuestión.
¿Pueden las partes estar representadas durante los procedimientos?
Las partes pueden comparecer solas o pueden estar representadas o asistidas en las audiencias del TAD
por una persona de su elección, no necesariamente un letrado.
¿Cómo se eligen los árbitros?
Por norma general, el caso está arbitrado por un panel formado por tres árbitros. En los procedimientos
ordinarios, cada parte elige a un árbitro de la lista del TAD y, a continuación, los dos árbitros seleccionados
eligen al presidente del panel. En caso de que no lleguen a un acuerdo, el presidente de la sección de
arbitraje ordinario será el encargado de tomar esta decisión. Por otra parte, en los procedimientos de
apelación, cada parte elige a un árbitro y el presidente de la sección de arbitraje de apelaciones nombra
al presidente. En función de la importancia del caso puede nombrarse un solo árbitro, siempre que el TAD
lo considere necesario y las partes estén de acuerdo. Los árbitros deben ser independientes, es decir no
pueden mantener ningún tipo de relación con una u otra parte y no deben haber desempeñado ningún
papel en el conflicto en cuestión.
¿Cómo funciona el procedimiento de arbitraje del TAD?
Una vez que se ha registrado la solicitud de arbitraje o la declaración de apelación, la parte recurrida
presenta una réplica al TAD. Tras un intercambio adicional de alegaciones, se convoca a las partes a
la vista para que se puedan explicar, presentar pruebas y defenderse. Algunas semanas después se
comunica la decisión final a las partes, a menos que dicha decisión se haya alcanzado el mismo día (en
el procedimiento de apelación).
M A N U A L D E A D M I N I S T R A C I Ó N D E P O R T I VA
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