Manual de Administración Deportiva 2014 | Page 120

Buena gobernanza y recursos 1. Todos los componentes del Movimiento Olímpico deben respetar los Principios Básicos de Buena Gobernanza del Movimiento Olímpico y Deportivo, en particular los de transparencia, responsabilidad y rendición de cuentas. 2. Los recursos olímpicos de las partes olímpicas sólo podrán utilizarse con fines olímpicos. 3. 3.1 Los ingresos y gastos de las partes olímpicas deberán figurar en sus libros de contabilidad conforme a los principios de contabilidad aceptados. Serán objeto de un control por parte de un auditor de cuentas independiente. 3.2 En los casos en que el COI preste apoyo financiero a las partes olímpicas: a) La utilización de dichos recursos olímpicos con fines olímpicos deberá figurar claramente en las cuentas; b) Las cuentas de las partes olímpicas pueden ser objeto de una auditoría por parte de un experto nombrado por la comisión ejecutiva del COI. 4. Las partes olímpicas reconocen la importancia de la contribución de los difusores, patrocinadores, asociados y otras entidades que apoyan los acontecimientos deportivos al desarrollo y al prestigio de los Juegos Olímpicos. No obstante, su aportación debe ser siempre compatible con las normas del deporte y los principios que se definen en la Carta Olímpica y en el presente código. No deben intervenir en el funcionamiento de las instituciones deportivas. La organización y la celebración de las competiciones dependen únicamente de las organizaciones deportivas independientes reconocidas por el COI. Relaciones con los estados 1. Las partes olímpicas procurarán mantener relaciones armoniosas con las autoridades de los Estados, de acuerdo con los principios de universalidad y neutralidad política del Movimiento Olímpico. 2. Las partes olímpicas son libres de participar en la vida pública del Estado al que pertenecen. Sin embargo, no ejercerán ninguna actividad ni se proclamarán pertenecientes a ninguna ideología contraria a los principios y las normas definidas en la Carta Olímpica y en el presente código. 3. Las partes olímpicas se esforzarán por proteger el medio ambiente en todas las manifestaciones que organicen. Se comprometen a respetar, en el marco de los Juegos Olímpicos, las normas generalmente aceptadas en todo lo que se refiere a la protección medioambiental. ©Kishimoto 120