maestro Deudores Solidarios | Page 8

De los deudores solidarios en los créditos educativos del ICETEX De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento de Crédito del ICETEX, el crédito educativo se respalda con un pagaré con espacios en blanco y una carta de instrucciones firmados por el deudor principal y por el (los) deudor (es) solidario (s) dependiente de la línea de crédito. Por su parte, los artículos 23, 24 y 25 del Reglamento de Crédito de ICETEX establecen los requisitos de los deudores solidarios. De acuerdo con lo expuesto, ese deudor solidario tiene las mismas obligaciones que el deudor principal del crédito, así: El ICETEX también puede exigir el pago de la deuda al deudor solidario judicial o extrajudicialmente. Por lo tanto, el ICETEX puede embargar también bienes del deudor solidario. La mora en el pago de la obligación puede generar para el deudor solidario reportes negativos ante las centrales de riesgo, siempre que se cumplan los requisitos de ley.