Recursos: Reposición, Apelación y Queja.
Queja: El propósito exclusivo de este recurso es
enmendar el eventual error que comete el funcionario
de inferior jerarquía – o el inferior funcional – cuando
no concede el recurso de apelación, así es que el
superior, a petición del impugnante, ejerce un control
de legalidad sobre esa exclusiva decisión. De este
recurso se podrá hacer uso dentro de los cinco (5)
días siguientes a la notificación de la decisión.
No habrá recurso contra los actos de carácter general,
ni contra los de trámite, preparatorios, o de ejecución
excepto en los casos previstos en norma expresa.