Libro: Estado, pensamiento crítico y políticas públicas LIBRO IIESES 2018 | Page 282

282 legislativas para emitir normas que busquen su resguardo. Ello como un deber del ente público en amparar y tutelar los bienes jurídicos del administrado. Artículo 33. Son atribuciones del Congreso: IV. Legislar en materia […] de protección al ambiente y de restauración del equilibrio ecológico; […] de planeación para reglamentar la formulación, instrumentación, control, evaluación y actualización del Plan Veracruzano de Desarrollo, cuidando que la planeación del desarrollo económico y social sea democrática y obligatoria para el poder público; así como expedir las leyes, decretos o acuerdos necesarios al régimen interior y al bienestar del Estado; [...]. (CPELSV, 2017). Por otra parte, el precepto 4 -Capítulo II De los Derechos Humanos- señala en su estructura la obligatoriedad del estado para garantizar los derechos del ciudadano, en el afán de generar condiciones de certeza y seguridad, retomando por ende las estipulaciones del Sistema Jurídico Mexicano: Artículo 4. [Párrafo Noveno y Décimo] En el Estado todas las personas gozarán de los derechos humanos y garantías para su protección, consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, esta Constitución y las leyes que de ella emanen; así como aquellos que reconozca el Poder Judicial del Estado, […] Todas las autoridades del Estado, en su respectiva esfera de atribuciones, tienen el deber de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, privilegiando el enfoque de la seguridad humana, […] La violación de los mismos implicará la sanción correspondiente y, en su caso, la reparación del daño, en términos de ley. (CPELSV, 2017). Se inquiere asimismo, la incursión de los derechos y prerrogativas del ciudadano en la Constitución Local, al reconocer la suma de fundamentos que anteponen -anteceden- el quehacer de las autoridades estatales. Sobre el medio ambiente como preponderancia del ciudadano, del Artículo 8 constitucional (CPEV, 2016) enunciamos: 1. Acceso a un entorno sano para su convivencia. 2. Obligación de las autoridades en generar programas y acciones para control en el uso de recursos naturales. 3. Previsión y seguimiento sobre cambio climático. 4. Participación -responsabilidad- del individuo en custodiar el ambiente y actos sobre cambio climático. Contemplamos los apuntamientos que se hace en el contenido de este precepto, a favor del ciudadano y elementos naturales, al considerarse a rango