Libro: Estado, pensamiento crítico y políticas públicas LIBRO IIESES 2018 | Page 272
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restrictiva cuando se pretenda limitarlo.
4. El IVAI, como organismo garante autónomo en materia de acceso a
la información y protección de datos personales en la Entidad veracruzana, debe
procurar que en el desempeño de su labor administrativa –materialmente
jurisdiccional– se vean incorporados los nuevos estándares de protección de los
derechos humanos en México. Es decir, que cuando advierta alguna
conflictividad de derechos fundamentales como en el caso de la protección de
datos personales de los contribuyentes y el acceso a la información fiscal, realice
un adecuado ejercicio de ponderación basado en técnicas de pesos y
contrapesos para dotar de contenido, certeza y alcance a cada uno de los
derechos en pugna y de esta manera determinar la prevalencia de uno sobre
otro, en cada caso concreto, pero privilegiando siempre el principio constitucional
de máxima publicidad. El acceso a la información tributaria en tratándose de
casos de defraudación al fisco o montos económicos no enterados o enterados
incorrectamente, permitiría como valor agregado contar con un instrumento
mediante el cual la sociedad puede evaluar el desempeño de la autoridad fiscal
para recaudar eficientemente y evitar la evasión y elusión tributarias en el
territorio veracruzano.
5. Finalmente, se requiere a estas alturas de un empuje comprometido
por parte de la ciudadanía –apropiada de los derechos que le asisten– para
cuestionar, evaluar y rebatir la asertividad de los actos y decisiones estatales de
la que es receptora, como parte del perfeccionamiento del aparato burocrático
que se cierne sobre ella y, de esta manera, transitar hacia un mayor nivel de
beneficio colectivo.
V. CONCLUSIONES
1. Como puede observarse, la accesibilidad informativa acogida en la
Entidad veracruzana como derecho fundamental, oponible a los entes
detentadores de la potestad pública, se ha entendido como un instrumento
democratizador de las acciones del gobierno y un mecanismo jurídico de
protección de la persona y su dignidad humana, fincado en las exigencias
ciudadanas por medio de las cuales el Estado debe abrir las compuertas de los
arcanos gubernamentales y proveer la información que se le requiriere.
Empero, con toda probabilidad, una de las discusiones más polémicas