Libro: Estado, pensamiento crítico y políticas públicas LIBRO IIESES 2018 | Page 255
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3. Se establece por primera vez un procedimiento de verificación de
obligaciones de transparencia, el cual implica la imposición de sanciones por
incumplimiento.
4. Se instituye la figura jurídica de denuncia por incumplimiento a las
obligaciones de transparencia, que puede ser presentada por cualquier persona
ante el IVAI, ante la falta de publicación de las obligaciones de transparencia de
los sujetos obligados.
5. Se establecen conceptos novedosos como son la transparencia
proactiva y gobierno abierto.
6. Se establece el uso de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).
7. Los procedimientos tienen como base la máxima publicidad y en caso
de reserva de información se instaura la prueba del daño.
8. El apartado de sanciones, es más puntual.
e) Rumbo a una transparencia real
Como ha quedado precisado en líneas anteriores, el principio de máxima
publicidad en la gestión pública es uno de los objetivos fundamentales de la ley
general y local en materia transparencia y acceso a la información pública, en
aras de garantizar el derecho a saber de la sociedad a través de la rendición de
cuentas de los servidores públicos, de manera directa a través de la publicación
de un catálogo de obligaciones de transparencia comunes y especificas al tipo
de sujeto obligado, o a través de las solicitudes de acceso a la información.
Sobre las obligaciones de transparencia, puede advertirse dos retos, en
primer lugar la elaboración de instrumentos que permitan la estandarización de
la información, estableciendo con ello una línea base no sólo para la
comparación local sino a nivel nacional, que permita establecer de manera clara
quien es transparente y quien es opaco, esto puede reflejarse en las diversas
modificaciones a los lineamientos técnicos generales emitidos por el Sistema
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales (SNT).
En segundo lugar la operatividad de los formatos ya que implican una
especialización indirecta en el rubro de transparencia por parte de las áreas
operativas, a tal grado que el SNT amplió el plazo para que los sujetos obligados
de los ámbitos federal, estatal y municipal incorporaran a sus portales de Internet