Libro: Estado, pensamiento crítico y políticas públicas LIBRO IIESES 2018 | Page 233
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IV. ÉTICA DE LA RESPONSABILIDAD EN EL MANEJO
DE LOS RECURSOS PÚBLICOS
Según Weber (1959), actualmente hay un debate sobre el concepto de ética,
señala que hay un debate en lo que él llama convicción ética y, por otro lado, en
la ética de la responsabilidad. Weber reconoce que hay una diferencia abismal
entre estos, sin embargo, considera que la ética de la convicción y la ética de la
responsabilidad no son contradictorias y, por el contrario, se complementan y
constituyen la auténtica persona, es decir, una persona que puede aspirar a la
vocación política. Weber pregunta qué es moralmente correcto y qué es
moralmente incorrecto. Dado este conflicto, busca resolverlo con el menor daño
interno y externo para todos los interesados, centrándose en las consecuencias
de las diversas decisiones y no en la insistencia en la conciencia introspectiva.
En este sentido, el concepto de ética de la responsabilidad reconoce la búsqueda
más bien de un posicionamiento político, mientras que la ética de la convicción
se refiere sólo a lo que cada uno de nosotros actúa, de acuerdo con nuestros
sentimientos y sin referencia explícita o implícita a las consecuencias. 80
Como se señaló, la ética de la responsabilidad requiere ubicar una
situación, es decir, considera las consecuencias de posibles decisiones e intenta
introducir en la trama de eventos, un acto que culminará en ciertos resultados o
determinará ciertas consecuencias que deseamos. En consecuencia, la ética de
la responsabilidad interpreta la acción en términos de medios y fines.
Mestre (2006) define como responsabilidad una cualidad de un
responsable frente a una obligación, en este sentido, la parte responsable está
obligada a dar una respuesta a un evento a algo. Se encuentra una revisión
actual en Spaemann (1987) que identifica la ética de la responsabilidad como un
caso de moralismo que lo lleva a considerar que presenta un grado variable de
ética de convicción y ética de la responsabilidad, por lo que los considera
complementarios. Rhomheimer (1994), por su parte, propone una visión más
amplia e invita a la reflexión entre las decisiones de: lo bueno y lo correcto, bajo
un enfoque utilitario que prioriza las decisiones basadas en el bien en lugar del
derecho. En este mismo sentido, Sánchez (2012) identifica que el político, tiene
la responsabilidad de acción que implica una ética de responsabilidad ya que
80
Cfr. Medel Ramírez Carlos. (2014), Ética y la función pública: Evaluación de la efectividad
legislativa en México. En Ética en la práctica profesional. Xalapa, UV, 119-147.