MARCO NORMATIVO
APLICABLE
CONTROL
DEL ORDEN
INTERNO
USO DE LA FUERZA
Derecho Internacional Fuerzas Arma- Reglas de enfrentamiento.
das
Humanitario
Son aquellas órdenes de mando que determinan cómo y contra
quién se emplea la fuerza durante una operación militar. Refieren
Derecho Internacional
las instrucciones que da el Estado para trazar claramente las circuns-
de los Derechos Huma-
tancias y los límites en los que sus fuerzas terrestres, navales y aéreas
nos
pueden emprender o proseguir operaciones militares contra grupos
hostiles.
El empleo de la fuerza por las Fuerzas Armadas contra un grupo
hostil durante el Estado de Emergencia se sujeta a las reglas de en-
frentamiento, ejecutándose las operaciones de conformidad con el
Derecho Internacional Humanitario.
Las operaciones se ejecutan con la finalidad de proteger la vida de la
población y la integridad física y la vida de los miembros de las Fuer-
zas Armadas, defender el Estado, doblegar la capacidad del grupo
hostil y proteger el patrimonio público y privado.
El empleo de la fuerza procede contra objetivos militares, conforme
a los principios establecidos para este objetivo y debe estar previsto
en un plan u orden de operaciones.
Derecho Internacional Policía Nacional
de los Derechos Huma-
nos.
Nivel Preventivo
a. Presencia Militar
b. Contacto visual.
c. Verbalización.
Nivel Reactivo:
a. Control físico.
b. Medios no letales.
c. Medios letales.
Uso excepcional de armas de fuego.
Derecho Internacional Policía Nacional
de los Derechos Huma-
nos.
Nivel Preventivo
1. Presencia Militar
2. Contacto visual.
3. Verbalización.
Nivel Reactivo
1. Control físico.
2. Medios no letales.
3. Medios letales.
Uso excepcional de armas de fuego.
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