Congreso de la Republica de Guatemala
Q.0.01 a Q 300,000.00
Q.0.00
5% sobre la renta imponible.
Q.300,000.01 en adelante Q.15,000.00 7% sobre el excedente de Q.300,000.00.
El impuesto a pagar se determina, para el primer rango, aplicando el tipo impositivo
de cinco por ciento (5%) sobre la renta imponible. Para el segundo rango, se
determina sumando al importe fijo, la cantidad que resulte de aplicar el tipo
impositivo del siete por ciento (7%) al excedente de renta imponible, según la escala
anterior.
ARTICULO 74. Período de liquidación.
El período de liquidación del impuesto es anual, principia el uno (1) de enero y
termina el treinta y uno (31) de diciembre de cada año.
CAPÍTULO V
GESTIÓN DEL IMPUESTO
ARTICULO 75. Obligación de retener.
Todo patrono que pague o acredite a personas residentes en Guatemala
remuneraciones de cualquier naturaleza por servicios provenientes del trabajo
personal ejecutado en relación de dependencia, sean permanentes o eventuales,
debe retener el Impuesto Sobre la Renta del trabajador. Igual obligación deben
cumplir los empleados o funcionarios públicos que tengan a su cargo el pago de
sueldos y otras remuneraciones, por servicios prestados a los organismos del
Estado, sus entidades descentralizadas, autónomas, las municipalidades y sus
empresas.
No corresponde practicar retenciones sobre las remuneraciones pagadas por el
ejercicio de sus funciones, a diplomáticos, funcionarios, agentes consulares y
empleados de gobiernos extranjeros que integran las representaciones oficiales en
la República o formen parte de organismos internacionales, a los cuales esté
adherida Guatemala. Lo anterior, no exime a los empleados residentes que laboren
para tales misiones, agencias y organismos internacionales, de la obligación de
presentar su declaración jurada anual y pagar el impuesto. Dichas entidades
presentarán anualmente a la Administración Tributaria el listado de trabajadores
residentes, los salarios y honorarios de éstos pagados durante el año calendario
inmediato anterior.
ARTICULO 76. Cálculo de la retención.
-Material con fines educativos elaborados por CENSAT-