LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LPA | Page 30

21 ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR ____________________________________________________________________ 4. La resolución que resuelva el procedimiento de reclamación de daños y perjuicios pone fin a la vía administrativa. Reglamentariamente, podrá desarrollarse el procedimiento establecido en este apartado. Responsabilidad de los Servidores Públicos Art. 63.- La responsabilidad penal del personal al servicio de la Administración Pública, así como la responsabilidad civil derivada del delito, se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de la Administración Pública, no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial. Los servidores públicos responderán frente a la Administración de lo que ésta haya podido pagar por ellos. TÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I Principios Generales Iniciación Art. 64.- El procedimiento podrá iniciarse: 1. Por decisión propia de la autoridad competente, como consecuencia de orden superior, o a petición razonada de otros órganos o funcionarios; 2. A petición del interesado; y, 3. Por denuncia de particulares. En cuanto a la iniciación a petición del interesado, se estará a lo establecido en los artículos siguientes. Legitimados Art. 65.- Estarán legitimados para intervenir en el procedimiento administrativo: 1. Los titulares de derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos; 2. Aquellos cuyos intereses legítimos individuales o colectivos puedan resultar afectados por la resolución, y se apersonen en el procedimiento antes que haya recaído resolución definitiva; 3. Las asociaciones, fundaciones, grupos de afectados y entidades análogas, cuando pretendan la defensa de los derechos e intereses de sus miembros, de acuerdo con los fines para los que hubieran sido creadas o según lo determine la mayoría, en el caso de los grupos de afectados; y, ___________________________________________________________________ INDICE LEGISLATIVO