LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LPA | Page 19

10 ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR ____________________________________________________________________ jurídicos, dictada por la Administración Pública en ejercicio de una potestad administrativa distinta a la reglamentaria. Requisitos de Validez Art. 22.- Sin perjuicio de lo que se establezca en Leyes especiales, en la producción de los actos administrativos, deben observarse los siguientes requisitos: a) Competencia e investidura del órgano competente; b) Presupuesto de hecho; c) Causa; d) Fin; e) Motivación; f) Procedimiento; y, g) Forma de expresión. Motivación Art. 23.- Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, los actos que: a) Impongan obligaciones; b) Limiten, supriman o denieguen derechos; c) Resuelvan recursos; d) Modifiquen el criterio adoptado en actuaciones anteriores o se separen del dictamen de órganos consultivos, cuando la Ley lo permita; e) Contengan un pronunciamiento sobre una medida cautelar; f) Revoquen o modifiquen actos anteriores; g) Se dicten en ejercicio de una potestad discrecional; y, h) Cuando así lo exija expresamente una Disposición legal o reglamentaria. La motivación de los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva, se realizará de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen sus convocatorias, debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte. ___________________________________________________________________ INDICE LEGISLATIVO