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BOE núm. 5 Sábado 5 enero 2008 2. Los materiales seleccionados, que no requerirán la previa autorización del Ministerio de Educación y Ciencia, deberán adaptarse al currículo regulado en esta orden. Asimismo, deberán reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 3. Los centros fomentarán el uso no estereotipado de juguetes, enseres y recursos didácticos propios del contexto escolar. Se seleccionarán, así mismo, materiales didácticos que presenten modelos de personas y comportamientos no estereotipados o sexistas, que mantengan entre sí relaciones equilibradas, respetuosas e igualitarias, así como que fomenten la convivencia entre niños y niñas de diferentes culturas. Disposición adicional tercera. Proceso de elaboración de la propuesta pedagógica. Antes del comienzo del curso del curso 2008-2009, los centros elaborarán, para su incorporación al proyecto educativo, la propuesta pedagógica de la Educación infantil correspondiente a los cursos y ciclos que impartan, de acuerdo con lo dispuesto en esta orden. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 1. Quedan derogadas las siguientes órdenes: Orden de 12 de septiembre de 1991 por la que se regula la implantación gradual del segundo ciclo de la Educación infantil. Orden de 28 de julio de 1992 por la que se regula la implantación gradual del segundo ciclo de la Educación infantil en centros públicos durante el curso 1992/1993. Orden de 14 de junio de 1993 por la que se regula la implantación gradual del segundo ciclo de la Educación infantil en centros públicos durante el curso 1993/1994. Orden de 5 de agosto de 1994 por la que se regula la implantación gradual del segundo ciclo de la Educación infantil. Orden de 25 de julio de 1995 por la que se regula la implantación gradual del segundo ciclo de la Educación infantil. Orden de 20 de marzo de 1996 por la que se modifica el plazo de implantación progresiva del segundo ciclo de la Educación infantil para los centros privados. Orden de 29 de abril de 1996 por la que se autoriza, con carácter experimental, la impartición del idioma extranjero en el segundo ciclo de la Educación infantil. 2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden. Disposición final primera. Aplicación de la orden. Corresponde a la Secretaría General de Educación dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para la aplicación de esta orden. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, si bien el currículo que se aprueba en la misma, se implantará en el curso 2008/2009. Madrid, 19 de diciembre de 2007.- La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo. 1019 ANEXO I ÁREAS DE LA ETAPA DE EDUCACIÓN INFANTIL La Educación infantil tiene como principal finalidad contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de niñas y niños en estrecha cooperación con las familias. En esta etapa el niño pasa de la dependencia del adulto a la progresiva autonomía en la vida cotidiana, y de la individualidad a la relación con los demás a través de diversos aprendizajes. En Educación Infantil se sientan las bases para el desarrollo personal y social de las niñas y los niños y se integran aprendizajes que están en la base del logro de las competencias que se consideran básicas para todo el alumnado. En el currículo de la etapa, tanto del primer ciclo como del segundo, se da especial relevancia a los aprendizajes orientados a la construcción de una imagen ajustada de sí mismo, al conocimiento, valoración y control que niños y niñas van adquiriendo de su propia persona, de sus posibilidades y de la capacidad para utilizar con cierta autonomía los recursos disponibles en cada momento, así como al desarrollo de la comunicación a través de los distintos lenguajes y, de forma especial, del lenguaje verbal. El progresivo control motor, la constatación de sus posibilidades y limitaciones, las interacciones con el medio físico, natural y social y el proceso de diferenciación de los otros contribuirán a que vaya adquiriendo un progresivo conocimiento de sí mismo y una autoimagen positiva, así como independencia y seguridad con respecto a los adultos. Resulta relevante la adquisición de destrezas para realizar algunas de las actividades habituales con un cierto grado de autonomía, responsabilidad e iniciativa. Igualmente es importante que el niño vaya utilizando de forma )