La internacionalización de la empresa y el plan de exportación enero 2014 | Página 175
Documentación de transporte por ferrocarril. Carta de Porte Ferroviaria - Railroad Bill of Lading
El
convenio de transporte por ferrocarril se formaliza en un contrato
llamado CARTA DE PORTE.
Sólo se puede emitir nominativamente. No se
permite la transmisión por endoso. La mercancía y la carta de porte se
entregan al final del trayecto al consignatario. Al expedidor se le entrega
un duplicado como justificante de la expedición.
documentación de transporte aéreo. carta de porte aéreo - air waybill (awb)
EL AWB no da derecho sobre la mercancía, pero sí da derecho a reclamar la mercancía. Siempre es nominativo, por tanto no endosable y no
negociable. El documento así lo indica generalmente: “Not negotiable
Air Waybill”. Lleva la firma del transportista o su agente y una fecha de
expedición. El exportador (expedidor) tiene derecho a disponer de la
mercancía o a cambiar el destinatario, siempre y cuando devuelva a la
compañía aérea el tercer original del AWB y que la mercancía no haya sido
entregada al destinatario. Por esta razón el AWB entregado al banco, en
un Crédito Documentario, representa para el importador la seguridad de
acceder a la mercancía.
Check list:
1. ¿Ha sido firmado por un transportista o por el agente de un
transportista y así se indica en la antefirma o en el sello?
2. ¿Aparece designado de forma clara quién es el transportista?
3. ¿Aparece marcado “flete pagado” o “flete pagadero en
destino” de acuerdo con los términos del contrato establecido con el importador?
4. ¿Muestra el despacho desde un aeropuerto designado a
un aeropuerto de destino designado?
5. ¿La fecha del despacho en el conocimiento es posterior a
la permitida en el crédito?
documentación de transporte por carretera. carta de porte por carretera
- trucking bill of lading (cmr)
El Convenio de transporte por carretera se formaliza mediante la CARTA DE
PORTE POR CARRETERA -CMR- o Carta de Porte del TRANSPORTISTA -FCR-. El
CMR prueba la existencia de un contrato de transporte y que la mercancía
ha sido recibida por el transportista. Es emitida con carácter nominativo,
lo que impide la facilidad de transferencia por endoso, es decir no es
negociable. Excepcionalmente pueden ser negociables. El transportista
entrega al exportador un ejemplar del documento y retiene 2 ejemplares,
uno de ellos viaja con la mercancía. Es sobre el ejemplar que viaja con la
mercancía la que conlleva la importancia. El exportador puede ordenar
un cambio de ruta o de consignatario, siempre y cuando lo haga antes
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