LA ECONOMÍA DE MÉXICO EN EL TLCAN: BALANCE Y PERSPECTIVAS FRENTE AL T VOLUMEN 19-LA ECONOMIA-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO- | Seite 794
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ARTURO ALCALDE JUSTINIANI
sugirió agregar que la misma debía someterse a procedimientos estatutarios.
Es decir, su preocupación central estaba vinculada con su propia perma
nencia, o mejor dicho, su eterna permanencia.
Semanas después, el Congreso del Trabajo (CT) —en un intento falli
do— envió una larga carta al presidente Peña Nieto recordándole que siempre
lo habían apoyado, expresándole su desconcierto por el abandono en que los
dejaba al desaparecer las JCA, y pidiéndole una entrevista; aquél no los re
cibió y les envío al subsecretario de Trabajo para escuchar su inconformidad
(comunicación personal de miembro del CT). Llegado este punto, era in
dudable que la suerte estaba echada y que no había marcha atrás, así como
que otros habían sido los tiempos en que Fidel Velázquez era tomado en
cuenta por el gobierno.
C ON RELACIÓN A LOS TRANSITORIOS
La reforma constitucional contempla seis artículos transitorios. En el se
gundo y el cuarto se establece que el Congreso de la Unión y las legislaturas
de las entidades federativas, deberán realizar las adecuaciones legislativas de-
rivadas de la reforma en el término de un año, contado a partir del día si
guiente de su publicación, que ocurrió el 14 de febrero de 2017; mismo
plazo en que deberá someterse a la Cámara de Senadores, la terna para la de-
signación del titular del organismo descentralizado.
En el tercero se señala que, en tanto inicien operaciones los nuevos tri
bunales laborales, las tareas de las juntas y de las autoridades registrales
deberán continuar; sin embargo, se advierte que cuando ya inicien sus funcio-
nes los tribunales laborales, centros de conciliación y organismos descen
tralizados, los asuntos serán resueltos de conformidad con las disposiciones
aplicables al momento de su inicio.
Estas reglas han generado críticas, en parte con base en el argumento
justificado de que fueron plazos muy cortos los que se establecieron para
la instrumentación de la reforma, y porque no está definido cuándo debe
rán pasarse los asuntos a los tribunales.
Otro tema que ha generado controversia se refiere a los trabajadores de
las JCA y de las entidades registrales, ya que el quinto transitorio señala que
deberán respetarse sus derechos conforme a la ley. Al respecto se han plan
teado dos opiniones: de acuerdo con la primera, no debe considerarse a
estos trabajadores para los nuevos tribunales, y según la segunda, debe
aprovecharse la experiencia y capacidad de aquellos que cumplan con los
requisitos para los nuevos puestos.