LA ECONOMÍA DE MÉXICO EN EL TLCAN: BALANCE Y PERSPECTIVAS FRENTE AL T VOLUMEN 19-LA ECONOMIA-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO- | Page 51

LA ENERGÍA EN EL T-MEC 51 inversiones, a menos que sea de acuerdo con la legislación internacional. De acuerdo con el Departamento de Estado de Estados Unidos, este meca- nismo permite a un inversor de algún país miembro del TLCAN llevar a la corte a un país integrante de dicho tratado acudiendo al arbitraje en un tribu­ nal internacional. Bajo el USMCA este mecanismo se ha eliminado, excepto en industrias claves para Estados Unidos, como la energía y las telecomu- nicaciones. Una de las industrias que han sido ampliamente beneficiadas por el TLCAN es la industria petrolera de Estados Unidos. Por ello, en la actual negociación de la industria petrolera estadounidense y la asociada con México y Canadá (API, AMEXHI), cabildeó muy duro para evitar que el gobierno electo en México cuente con la posibilidad de cambiar las reglas y trate de nacionalizar el sector de nueva cuenta. Los intereses estadouni- denses saben que la energía es fundamental para su seguridad energética y el nuevo acuerdo les asegura la continuidad de la revolución energética. Una vez aprobado el USMCA, se han mostrado plenamente satisfechos por lo obtenido. Entre ésto, la protección a las inversiones. Bajo el USMCA, las empresas petroleras y de gas natural de Estados Uni­ dos pueden acudir a procesos de disputa (Investor-State Dispute Settlement Processes, ISDS), con lo que pueden proteger los contratos en los que des­ cansan los mecanismos de mercado. Por otro lado, pueden mantener el acceso al comercio energético en los tres países a través de tarifas cero. Quien más se ha beneficiado de esta libe­ ralización del comercio energético es Estados Unidos, por los enormes volú­ menes de productos derivados del petróleo y el gas natural que venden a México. Particularmente importantes en este comercio son: Marathon Petro­ leum Corp, Kinder Morgan, ONEOK Inc, TransCanada Corp., Sempra Energy y Valero Energy Corp. En el capítulo 8 del USMCA, Canadá y Estados Unidos reconocieron que: “México se reserva su soberanía para reformar su constitución y su legislación nacional”; y también que: “El Estado mexicano tiene la propie- dad inalienable, imprescriptible” de todos los yacimientos de hidrocarburos costa adentro y costa afuera en el territorio mexicano, así como la soberanía de México y su capacidad para reformar el marco legal interno, incluyendo la Constitución. México se reservó el derecho a adoptar o mantener medidas en sectores, subsectores o actividades no reservadas. Estas provisiones quedaron incor- poradas en el capítulo ocho: “Reconocimiento de la Propiedad Direc- ta, Inalienable e Imprescriptible de los Hidrocarburos” y en el artículo 11 del capítulo 32, “Excepciones y Provisiones Generales”. México se reser- va el dere­cho a adoptar y mantener medidas en sectores y subsectores en