LA ECONOMÍA DE MÉXICO EN EL TLCAN: BALANCE Y PERSPECTIVAS FRENTE AL T VOLUMEN 19-LA ECONOMIA-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO- | Page 383

EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA 385 partir de la puesta en operación del TLCAN con el auxilio de tres herramien- tas versátiles: la Base de Datos del Comercio Exterior de América Latina y el Caribe (Badecel), de la Comisión Económica para América La­tina y el Cari- be (Cepal); la base de datos de las Naciones Unidas (UN Comtrade Databa- se); y los Certificados de Patente de la Industria Farmacéutica de México bajo el rubro A61K, concedidos por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y que constituyen lo más cercano a la actividad inventiva de la industria farmacéutica mexicana (Guerrero, 2010). En el proceso se abordan dos elementos de política industrial, comercial y tecnológica que se relacionan directamente con el comercio exterior y el desarrollo tecnológico. El primero se refiere a las consecuencias que tuvo para la industria farmacéutica de México la entrada en vigor del TRIP, el cual se implantó inclusive antes de la puesta en operación del TLCAN, por lo que la jerga especializada lo conoce como Pre-TRIP. El segundo tiene que ver con los Derechos de Propiedad Industrial (DPI), que se modificaron en consecuencia con el Pre-TRIP a partir de 1991, reflejando el papel pasivo que las instituciones públicas del país asumieron para la industria farmacéu­ tica mexicana, en comparación con el activismo de que fueron objeto sus contrapartes de Estados Unidos. 1 Esto porque al entrar en vigor el TRIP, transformarse el GATT en OMC y modificarse los DPI mediante la puesta en operación, en junio de 1991, de la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Industrial, la industria se consolidó regionalmente, pero no na- cionalmente. A nivel internacional, el tema de los DPI y el ámbito comercial está muy relacionado con el ritmo de la economía y la actividad inventiva de las em­ presas estadounidenses, 2 como muestra la siguiente cita: 1 La industria farmacéutica internacional puede verse como promotora de grandes cambios legislativos a favor de la inversión extranjera directa (IED), incluyendo los DPI. En el caso de México, se adoptaron antes de lo planteado en la OMC. De ahí el concepto de Pre-TRIP (Aboi- tes y Soria, 2009). En 1987, México reformó su Ley de Invenciones y Marcas y derogó el regla- mento respectivo. Tales ajustes no parecieron suficientes a sus futuros socios comerciales en el TLCAN, Canadá y Estados Unidos, que insistieron en que la legislación mexicana debía forta- lecer el derecho de propiedad intelectual. Por tanto, el 27 de junio de 1991, antes de ratificar el TLCAN, el gobierno federal promulgó la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Indus- trial (Moïse y Docteur, 2007). Por primera vez desde la Ley de Comercio de 1974, la propiedad intelectual se integró al marco institucional del sistema comercial internacional, reflejando la voluntad de Estados Unidos de vincular sus relaciones comerciales con la protección de la pro­ piedad intelectual (Roffe, 2008). 2 “El paradigma creado por la biotecnología no sólo ha generado nuevas posibilidades tec- nológicas […]; también ha venido transformando los mercados y las expectativas de los agentes económicos y políticos: ha movido a corredores de bolsa y directivos de industria, ha cambiado reglas y convenciones establecidas” (Corona, 2003). Es este nuevo paradigma el que impulsa,