LA ECONOMÍA DE MÉXICO EN EL TLCAN: BALANCE Y PERSPECTIVAS FRENTE AL T VOLUMEN 19-LA ECONOMIA-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO- | Page 363

LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y EL TLCAN 365 DPI. En este marco, en 2007, la OMPI dispuso entre una de sus 45 reco­men­ da­ciones de su Agenda para el Desarrollo, que las normas de los acuerdos del ADPIC se flexibilizaran, principalmente las que son de mayor interés para el desarrollo de los países. No obstante, las empresas transnacionales mo­ dificaron sus estrategias para fortalecer la protección de la PI, mediante los tratados de libre comercio bilaterales para compensar la flexibilidad acep­ tada en el acuerdo (Mizrahi, 2010). Diversos acontecimientos mundiales provocaron inseguridad sobre la protección que sentían tener los países desarrollados con el acuerdo AD­ PIC: epidemias, ataques terroristas, desastres naturales, etc., situación que originó la Declaración de Doha en 2001 sobre los ADPIC y la salud pública, en la que se invitaba a los Estados miembros de la OMC —especialmente a los que carecían de capacidades de manufactura en la industria farmacéu­ tica— a utilizar las disposiciones flexibles del mismo acuerdo. Se reconoció el derecho que tienen los países a proteger la salud de su población, para ello, se abordaron algunos puntos entre los que destacan: 1) los lineamientos para flexibilizar algunas medidas para beneficiar la protección de la salud públi­ ca; 2) mayor apertura para el otorgamiento de licencias obligatorias; 3) se abre la posibilidad de aplicar el concepto de agotamiento del derecho, y 4) la posibilidad de que los DPI repercutan en los precios de los nuevos medica­ mentos. Cabe mencionar que las excepciones no deben afectar de manera injustificable la explotación normal de la patente, ni causar un perjuicio a los legítimos intereses del titular de la misma (OMC, 2017). Sin embargo, estos mecanismos son escasamente utilizados y menos todavía cuando los tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio firmados después de Doha, incluyeron disposiciones conocidas como ADPIC-Plus, con el propó­ sito de limitar esa flexibilidad (Méndez, 2014). ADPIC-Plus en los tratados comerciales Una vez que los ADPIC atravesaron por un proceso de armonización, los Acuerdos de Libre Comercio Bilaterales y Multilaterales (ADPIC-Plus) 5 resul- taron ser el instrumento de mayor protección de la PI. Los ADPIC-Plus se refieren a las disposiciones establecidas para la protección de los DPI que van más allá de lo acordado en la OMC sobre los ADPIC, las cuales son incluidas en los tratados de libre comercio, comprende: ampliar el tiempo de la patente por encima de lo permitido por el ADPIC; restringe el permiso otor­ Estados Unidos jugó un papel central en promover los ADPIC-Plus, asimismo, impulsó iniciativas como la “Strategy Targeting Organized Piracy (2004)”, relativa a armonizar los DPI, combatir la piratería y proteger sus derechos, estas acciones fueron conocidas como la trilogía básica (Gómez et al., 2008). 5