LA ECONOMÍA DE MÉXICO EN EL TLCAN: BALANCE Y PERSPECTIVAS FRENTE AL T VOLUMEN 19-LA ECONOMIA-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO- | Page 339

LOS CAPÍTULOS DE INVERSIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEL TLCAN 341 C UADRO 3 O BLIGACIONES CUYO INCUMPLIMIENTO PUEDEN CONDUCIR A UNA DEMANDA VÍA CAPÍTULO 11 Trato Nacional Obligación de dar el mismo trato a la inversión y al inversionista proveniente de un paí­s del TLCAN no menos favorable que el otorgado al inversionista y a la inversión nacional en iguales circunstancias (Artículo 1102). Trato de Nación más favorecida Obligación de tratar a la inversión y al inversionista no menos favorable que a la inversión y al inversionista de cualquier otro país (Artículo 1103). Estándares mí­nimos de trato Obligación de tratar a la inversión y al inversionista conforme a las leyes internacionales, incluyendo trato justo y equitativo (Artículo 1105). Compensación en caso Obligación de no expropiar ni directa ni indirectamente de expropiación o tomar medidas equivalentes a la expropiación de una inversión sin compensación (Artículo 1110). Exigencias sobre comportamiento/ operatividad/ desempeño Es obligatorio la no imposición de determinados requisitos o exigencias de comportamiento, como aceptar un determinado porcentaje de contenido local o nacional en la producción o en la contratación de empleos (Artículo 1106). F UENTE : María Teresa Gutiérrez Haces, “La inversión extranjera directa en el TLCAN”, en re­ vista Economía UNAM, vol. 1, núm. 3, p. 204. reflexión tendría sentido y paradójicamente recogería los argumentos que los críticos del TLCAN han blandido en contra del capítulo desde 1994. Canadá ha sido muy crítico, en especial sobre las consecuencias de la aplicación de este capítulo respecto al derecho de autodeterminación de un gobierno. Sin embargo, la intención de la propuesta de Trump no apunta realmente al desmantelamiento del contenido del capítulo 11, sino del mecanismo de arbitraje extraterritorial. De tener éxito la propuesta estado­ unidense, el gobierno demandado por una empresa tendría que atender y resolver la demanda en las cortes del país de origen de la empresa. Gutiérrez Haces, “La inversión extranjera directa en el TLCAN”, revista Economía UNAM, vol. 1, núm. 3, p. 204 y la doctrina Estrada que promovía el principio de libre determinación y no in­ tervención en asuntos internos de los Estados. Con ello, toma fuerza un movimiento latino­ame­ ricano que busca evaluar y en su caso desconocer el mecanismo de solución de controversias inversionista-Estado, sobre todo el CIADI.