LA ECONOMÍA DE MÉXICO EN EL TLCAN: BALANCE Y PERSPECTIVAS FRENTE AL T VOLUMEN 19-LA ECONOMIA-VERSION DEFINITIVA-17-MAYO- | Page 338
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MARÍA TERESA GUTIÉRREZ HACES
E L CAPÍTULO 11 DEL TLCAN
Un tema que, por su propia naturaleza, ha sido particularmente controver
tido, es la postura que Donald Trump adoptó respecto al capítulo 11 del
TLCAN. Este capítulo tuvo como propósito original, “integrar un merca-
do regional en el que fluyan sin restricciones las inversiones directas y de
portafolio provenientes de la región de América del Norte”. 50 Para tales
efectos se redactó un capítulo en el que se estableció un recuento porme
norizado de los derechos de los inversionistas y las obligaciones de los
Estados respecto al movimiento de capitales provenientes de América del
Norte, así como un mecanismo de solución de disputas de carácter extra
territorial en el que las empresas depositarían las demandas en contra de
uno de los tres gobiernos, en caso de considerarse que habían incurrido en el
incumplimiento de alguna o varias de las cláusulas contempladas en el ca
pítulo 11.
Un aspecto que en nuestra opinión no debería soslayarse, es que hasta que
el proceso de renegociación haya sido concluido y aprobado por el poder le-
gislativo de cada uno de los países signatarios, el marco jurídico incluido
en el capítulo 11 del TLCAN de 1994 sigue vigente y dota a los empresarios
con el derecho de exigir los mismos derechos que recibe el capital nacional.
En esta tesitura, las empresas continúan teniendo el derecho de demandar
al Estado en caso de que se considere que una política pública: ley; regla
mento o acción promovida por un gobierno, dañe sus operaciones y con
travenga con ello lo establecido en el tratado. Dentro de este capítulo, las
acciones ejercidas lícitamente por un gobierno en beneficio de la sociedad,
como pueden ser los requisitos de desempeño impuestos a una empresa,
pero que dañen las expectativas de inversión de la empresa, representa un
argumento consistente para una demanda.
Durante la quinta ronda de renegociaciones, Estados Unidos planteó
enfáticamente abandonar el capítulo 11, dado que no estaba dispuesto a
aceptar que “cuando ese país [Estados Unidos] aplicara una ley, un tribunal
internacional evaluara la manera en la que la aplicó”. 51 Aparentemente, esta
Alejandro Posadas Urtusuástegui, “El capítulo 11 del TLCAN: protección a la inversión
extranjera”, [en línea], Jurídicas UNAM, disponible en .
51
Roberto Morales, “EU rechaza modelo en controversias inversionista-Estado”, [en línea],
El Economista, 27 de noviembre 2017, disponible en .
Este tipo de posturas refuerzan la idea que tienen actualmente algunos países de América
Latina de defender la doctrina Calvo que propia que, “los extranjeros no podían tener derechos
superiores a los nacionales, que las leyes del país eran las que se aplicaban en cualquier dispu-
ta ocurrida en el país, sin importar que los querellantes fueran extranjeros” Cfr. María Teresa
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