Instituto Mexicano de Economía del Comportamiento CONTRIBUCIONES CONTRA LA CORRUPCIÓN | Page 11
d. El principio de los cuatro ojos
En un intento de investigar la relación entre corrupción y cooperación Schikora (2010) probó el principio de los
cuatro ojos en el laboratorio, la cual ha sido defendida como una de las medidas más efectivas en la lucha anti-cor-
rupción (Pörting and Vahlenkamp 1998, Rieger 2005, Wiehen 2005). Esta práctica consiste en tener a más de una
persona a cargo de la toma de decisiones susceptibles de ser corruptas, ya que es más difícil convencer a un grupo
que a una sola persona, y los costes de sobornar serán más altos por los que menos gente podría permitírselo. Sin
embargo, el autor concluyó que su implementación podría ser contraproducente ya que se llevaron a cabo más
transacciones corruptas y también se incrementó la cuantía intercambiada en sobornos lo que implica una mayor
pérdida de bienestar y equidad social.
Analizando el comportamiento de los jugadores, el autor encontró dos efectos que ejercían impactos contrarios
en el nivel de corrupción. Por un lado el efecto de la decisión grupal que incrementa el nivel de corrupción. Tras un
desacuerdo inicial entre los dos funcionarios, la discusión posterior tendía con más frecuencia a una transacción
corrupta a pesar de que el funcionario no corrupto tenía opción a cancelar la transacción. Cuando había más de un
funcionario, se tendía a ejercer una estrategia condicional por la que, en comparación al funcionario único, se
reciprocaba más a menudo a los sobornadores que ofertaban una cuantía mayor, y se reciprocaba con menor fre-
cuencia cuando las ofertas eran inferiores. El segundo efecto consistía en la partición del soborno el cual reducía el
nivel de corrupción ya que la cuantía ofrecida debía ser divida entre más individuos modificando el balance entre
costes y beneficios de involucrarse en actividades ilícitas.
Schikora (2010) encontró que el efecto de la decisión grupal compensaba ampliamente el efecto de la partición del
soborno, lo cual implicaba un impacto total negativo debido a la introducción del principio de los cuatro ojos en el
nivel de corrupción encontrado en el experimento. Como consecuencia final se obtenían resultados socialmente
más ineficientes. El autor menciona sus reservas sobre la implementación de esta política cuando el objetivo final
es la reducción del nivel de corrupción, debido a la ineficacia observada en el laboratorio.
e. Whistle-blowing (el “pitazo” o la opción de denunciar)
Otra política anti-corrupción que fue llevada al laboratorio por Schikora (2010, 2011) es la introducción de le-
nidades , por las que cualquiera de las partes involucradas en una transacción corrupta tiene la oportunidad de
denunciar tales prácticas a cambio de recibir una sanción inferior. En el diseño de su experimento se contemplaba
la posibilidad de una alternativa legal a la opción corrupta así como la de que fuera cualquiera de las dos partes
la que iniciara la transacción ilícita, siendo el funcionario o la empresa. Los resultados demuestran que el “pitazo”
es una opción con consecuencias perversas ya que incrementan los niveles de corrupción. Una interpretación de
estos resultados es que el no delatarse mutuamente estabiliza un comportamiento recíproco entre los agentes
corruptos y sirve como protección contra el uso abusivo por parte de los oficiales públicos que quieren demandar
sobornos excesivos.
Cuando las lenidades son asimétricas, siendo más benevolentes con el funcionario público al que se le ofreció el
soborno, se obtuvieron resultados positivos de forma consistente. No sólo el número de transacciones ilícitas fue
menor sino que también se incrementó el número de transacciones legales que culminaron con éxito. El autor
aconseja la implementación de lenidades asimétricas sujeto a varias condiciones si se quiere incrementar la efec-
tividad del “pitazo” en las instituciones públicas: i) la generación de incentivos para la traición entre los sujetos en-
vueltos en actividades corruptas y ii) la protección y el hecho de que se tomen represalias contra los funcionarios
que decidan denunciar los sobornos. Schikora también concluye que esta política, debido a los efectos de géneros
tratado en la sección 2,
sería especialmente efectiva en el caso de los hombres, apoyando los resultados de Krajcova and Ortmann
(2008).