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Informe sobre antisemitismo en la Argentina 2015
Agresión Física: en esta tipología incluimos todas aquellas situaciones que exceden el mero discurso antisemita y se insertan en la concreción de la violencia física manifiesta.
Debemos explicitar que nuestro equipo de trabajo detectó un mecanismo de actualización permanente con respecto a la aparición de
una y otra tipología discursiva. Con esto nos referimos al hecho de
que en una denuncia se puede detectar más de una estructura discursiva antisemita, y que en general, éstas se “actualizan” en función de la
temática dominante. En este sentido, y siempre que fuera posible, se
decidió unificar en una sola categoría a una misma expresión que incluyera varias “tipologías”, en virtud de la temática que mayor referencia
hiciera a sucesos de la actualidad (es decir que, por más que la retórica nazi incluya acusaciones de dominación del mundo y elementos
del antisemitismo nacionalista, se lo categoriza de manera diferenciada
como “simbología nazi”; en el caso del conflicto en Medio Oriente, o
“antisemitismo contemporáneo”, sucede lo mismo).
Como el lector podrá observar, el cuadro de denuncias (Anexo 1)
cuenta con otras tres columnas: una que analiza el medio de comunicación que se utilizó para realizar el enunciado antisemita y el contexto
en el que fue emitido/encontrado; otra, que analiza el vínculo que unía
al denunciante y el denunciado (siempre que fuera posible establecerlo), y, finalmente, una de análisis jurídico/legal del episodio.
En ese sentido, la inclusión en este cuadro de la esfera de significación jurídica, implica la posibilidad de cuantificar por tipologías
predefinidas los hechos recopilados. Por cierto, rotular cada una de las
denuncias que lo conforman, no resulta una tarea sencilla y requiere
ciertas aclaraciones preliminares.
Como resulta obvio, todos los hechos volcados han sido preseleccionados como actos discriminatorios individuales o colectivos pero,
¿qué tratamiento, en el orden jurídico, debe dársele a ellos? ¿Todos
merecen igual respuesta, o las herramientas jurídicas son variadas y de
diversa intensidad?
Partimos de la premisa de que el derecho penal no es la única herramienta jurídica disponible frente a hechos discriminatorios. En este
sentido, el desarrollo de la materia antidiscriminatoria permite el abor-