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II. Definiciones y conceptos Coeducación Proceso educativo que favorece el desarrollo integral de las personas con independencia del sexo al que pertenezcan y, en consecuencia, entendemos por escuela coeducativa aquella en la que se corrigen y se eliminan todo tipo de desigualdades o mecanismos discriminatorios por razón de sexo y en la que los alumnos y alumnas puedan desarrollar libremente su personalidad en un clima de igualdad real y sin ningún tipo de condicionantes o limitaciones impuestas en función de su sexo” (Lucini, Fernando. Temas transversales y Educación en valores, Anaya, Madrid, 1998). La coeducación supone y exige situaciones de igualdad real, de oportunidades académicas, profesionales y en general, sociales, de tal modo que nadie - por razones de sexo - parta de una situación de desventaja o tenga que superar especiales dificultades para llegar a los mismos objetivos. Corresponsabilidad La corresponsabilidad es el reparto equilibrado de las tareas domésticas y de las responsabilidades familiares, tales como su organización, el cuidado, la educación y el afecto de personas dependientes dentro del hogar, con el fin de distribuir de manera justa los tiempos de vida de mujeres y hombres. El artículo 14 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, incluye entre los criterios generales de actuación los poderes públicos el fomentar la corresponsabilidad de mujeres y de hombres en el ámbito privado, es decir, en el ámbito donde se producen las labores domésticas y de cuidado.