II. Definiciones y conceptos
Coeducación
Proceso educativo que favorece el desarrollo integral de las
personas con independencia del sexo al que pertenezcan y, en
consecuencia, entendemos por escuela coeducativa aquella en la
que se corrigen y se eliminan todo tipo de desigualdades o
mecanismos discriminatorios por razón de sexo y en la que los
alumnos y alumnas puedan desarrollar libremente su personalidad
en un clima de igualdad real y sin ningún tipo de condicionantes o
limitaciones impuestas en función de su sexo” (Lucini, Fernando.
Temas transversales y Educación en valores, Anaya, Madrid,
1998). La coeducación supone y exige situaciones de igualdad
real, de oportunidades académicas, profesionales y en general,
sociales, de tal modo que nadie - por razones de sexo - parta de
una situación de desventaja o tenga que superar especiales
dificultades para llegar a los mismos objetivos.
Corresponsabilidad
La corresponsabilidad es el reparto equilibrado de las tareas
domésticas y de las responsabilidades familiares, tales como su
organización, el cuidado, la educación y el afecto de personas
dependientes dentro del hogar, con el fin de distribuir de manera
justa los tiempos de vida de mujeres y hombres.
El artículo 14 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, incluye entre los
criterios generales de actuación los poderes públicos el fomentar
la corresponsabilidad de mujeres y de hombres en el ámbito
privado, es decir, en el ámbito donde se producen las labores
domésticas y de cuidado.