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Definiciones y conceptos Discriminación directa e indirecta Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. Mientras que discriminación indirecta por razón de sexo es la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. En cualquier caso, se considera discriminatoria toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo. (art. 6 Ley 3/2007, de 22 de marzo). Discriminación múltiple La discriminación múltiple es aquella forma de discriminación en la que se dan dos o más motivos de discriminación, ya sea de forma acumulativa o interseccional. Un ejemplo de discriminación múltiple sería el de la mujer que es discriminada en su puesto de trabajo por ser mujer, de origen racial o étnico determinado, o por algún otro factor cultural o religioso diferencial.