Definiciones y conceptos
Discriminación directa e indirecta
Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación
en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser
tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que
otra en situación comparable.
Mientras que discriminación indirecta por razón de sexo es la
situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente
neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con
respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o
práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una
finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad
sean necesarios y adecuados.
En cualquier caso, se considera discriminatoria toda orden de
discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo.
(art. 6 Ley 3/2007, de 22 de marzo).
Discriminación múltiple
La discriminación múltiple es aquella forma de discriminación en la
que se dan dos o más motivos de discriminación, ya sea de forma
acumulativa o interseccional. Un ejemplo de discriminación múltiple
sería el de la mujer que es discriminada en su puesto de trabajo
por ser mujer, de origen racial o étnico determinado, o por algún
otro factor cultural o religioso diferencial.