Identidades Numero 3, Septiembre 2014 | Page 54

cuyos recuerdos alimentarían unas disputas alejadas de las necesidades de la Cuba actual. Independientemente de que requeriría tantos cambios y reformas que no valdrían la pena y el esfuerzo el doble desgaste de discutir un pasado divisorio para transformar de todos modos una institución rescatada y desconectada de la mayoría de los ciudadanos cubanos. De ahí la idea de que se defiende mejor y se identifica más la sociedad con lo que construye que con lo que le dan. Y el problema de las constituciones de 1940 y de 1976 es que son otorgadas por el pasado y por el poder. Los ciudadanos de hoy poco tienen que ver con ellas y sí mucho que ver con la posibilidad de participar en la creación de una nueva acorde a nuestros tiempos. Los cubanos debemos pensar y concebir una nueva Constitución después de tantos años sin vivir en la legalidad y sin referencias constitucionales fuertes. Las anteriores constituciones viciarían el debate con ideas, palabras y formas expresivas con las que no estamos familiarizados o no reflejan la mayoría de nuestras aspiraciones y demandas. Empezar con algo nuevo tiene la ventaja de entendernos mutuamente con el lenguaje que utilizamos la mayor parte de los cubanos en la actualidad: un lenguaje popular y sin rebuscamientos. Las leyes y artículos de la Constitución deben ser escritos con lenguaje y forma entendibles para la mayoría, algo que no sucede ni con la Constitución de 1940 ni con la Constitución de 1976. El Nuevo Constitucionalismo es también objeto de críticas. Desconsiderar la tradición cultural y el afincamiento o las raíces históricas a la hora de concebir una Carta Magna no se ve como un camino productivo. La falta de fuerzas políticas bien constituidas, la pérdida de valores y de referencias, y la desconexión de los cubanos con el mundo, la ley y el sentido de la responsab ilidad no deben invitarnos a la improvisación en un terreno complejo como el de la Constitución. Otras consideraciones Un conjunto de premisas fueron más compartidas dentro del debate constitucional ciudadano. La 54 necesidad de descentralizar y desconcentrar el poder, el apremio en la desideologización de la ley, y la consideración de que el Derecho Internacional debe prevalecer por encima del Derecho interno. Un razonamiento lúcido nos devolvió a un problema histórico y cultural de lo político en Cuba: el efecto anti caudillo de la descentralización y desconcentración del poder. Si la cultura latinoamericana ha demorado y sigue demorándose más de 200 años después para incorporar la tradición de poder horizontal, una efectiva desconcentración de poder podría lograr lo que no podrían hacer otras herramientas que tienden más bien a reproducir ciertas conductas culturales contrarias a la democratización y a la asunción horizontal de la pluralidad cultural. Otro de los razonamientos expuestos mira hacia la eficacia de la administración cuando es más local y a sus efectos contra la corrupción, uno de los elementos corrosivos de la democracia. Un tercer razonamiento toca a la debida protección del individuo frente al poder. A menos concentración y centralización del poder, más garantías efectivas para el ejercicio de los derechos individuales y para un ambiente de seguridad ciudadana en libertad. Y un cuarto razonamiento tomó en cuenta ambos argumentos en pro del cambio constitucional por su impacto sobre las iniciativas y la creatividad, individuales y colectivas. A Consenso Constitucional se llega, afortunadamente, con consensos previos. Lo que se pudo colegir en estos debates fue la necesidad de la clásica división de poderes, la importancia de un tribunal de garantías constitucionales y la necesidad de una nueva constituyente que, expresando la voluntad de la ciudadanía, ratifique el andamiaje constitucional que rija al país. Y no como expresión de la voluntad formada de partidos políticos, real o supuestamente representantes de los intereses ciudadanos, sino como expresión directa de estos. En un punto crucial del debate político en Cuba hubo disenso: si debe la Constitución refrendar contenidos sociales ―siguiendo las referencias del Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano,